Emisión de resolución administrativa de renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y otros actos administrativos a fines de la autorización de uso y/o aprovechamiento de agua superficial o subterránea

Renovación de una autorización

Las autorizaciones para aprovechamiento productivo del agua podrán renovarse a su vencimiento, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos establecidos en el Reglamento, las obligaciones que establecen esta Ley y las condiciones previstas en la respectiva autorización.

Modificación de una autorización

Cuando un usuario requiera aumentar o disminuir el caudal autorizado para el mismo uso y aprovechamiento, procede la modificación de la autorización, siempre y cuando haya la disponibilidad del agua y no se altere la prelación establecida en la Constitución.

Suspensión de la autorización:

  • Incumplimiento del plazo previsto en la Ley o en el estudio técnico y proyecto aprobado, para el inicio del uso o aprovechamiento del agua o de la construcción de la infraestructura hidráulica; y,
  • Por suspensión de la licencia ambiental. La suspensión se mantendrá durante el plazo que fije la autoridad para subsanar el incumplimiento.

Reversión de la autorización:

  • Por incumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización;
  • Por falta de utilización, total o parcial de los caudales otorgados en la autorización; y,
  • Por revocatoria de la licencia ambiental.

Beneficiarios

Todas las personas naturales o jurídicas ecuatorianas o extranjeras tienen el derecho de la obtención de una renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y otros actos administrativos a fines de la autorización de uso y/o aprovechamiento de agua superficial o subterráneas, siempre y cuando se cumpla con las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, dispuestas para el efecto.

 

Requisitos Obligatorios

Los requisitos que deben presentar las personas naturales o jurídicas son:

Solicitud de renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y cancelación de la autorización de uso y/o aprovechamiento.

Presentación original de cédula de identidad o ciudadanía (persona natural) /Registro Único de Contribuyentes (persona jurídica).

Documento legal que garantice la tenencia de la tierra: Escritura Pública del Inmueble (Primera Copia) o Documento legal que justifique la tenencia de la Tierra  (Escritura de Compra Venta, Promesa de Venta, Declaración Juramentada, Certificado de Residencia emitido por la Tenencia Política o Certificado de la Subsecretaria de Tierras).

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

El proceso que deben seguir las personas naturales o personas jurídicas es:

Procedimiento Presencial:

1.- Presentar la solicitud de renovación, modificación, revisión, reversión, suspensión y cancelación de la autorización de uso y/o aprovechamiento de agua superficial para persona natural y cédula de identidad o ciudadanía dirigida al Responsable de la Oficina Técnica adjuntando documento que acredite la titularidad de la propiedad, en las instalaciones de la Oficina Técnica más cercana a su lugar de residencia.

2.- Retirar informe técnico.

3.- Emitir aceptación o negación del informe técnico.

4.- Recibir la resolución administrativa.

Procedimiento en Línea:

1.- Realizar la solicitud inicial, utilizando el siguiente link:  
http://suia.ambiente.gob.ec/?page_id=113
2
 
y continuar con los pasos presenciales, 
a partir del número 2.

Trámite en Línea

http://suia.ambiente.gob.ec/?page_id=1132

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Para el trámite el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00.

Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00.

A continuación se indican las direcciones de los puntos de atención:

Direcciones MAATE

 

Contacto

Nombre: Mesa de Ayuda
Teléfono: (02) 3987 600, ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006
Correo: mesadeayuda@ambiente.gob.ec