Revisión Contratos de Calificación de Riesgos y contratos de auditoría externa celebrados con las entidades de los sectores financieros público y privado

Es la autorización que obtienen las entidades de los sistemas controlados sobre la revisión de los contratos de calificación de riesgos y contratos de auditoría externa, bajo el marco normativo vigente.

Beneficiarios

Entidades financieras privadas y públicas que cumplan con los requisitos para la aprobación de los Contratos de Calificación de Riesgos y Contratos de Auditoría Externa, celebrados con las firmas calificadoras de riesgo y las firmas de auditoría externa.

La regulación para la calificación se encuentra en la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos y demás normas aplicables.

Requisitos Obligatorios

1. Copia del acta del directorio en la que se nombra a la firma calificadora de riesgo.

2. Nómina de los profesionales que realizarán la calificación, señalando el nombre del funcionario responsable del equipo de trabajo.

3. Certificado que la firma calificadora y la nómina profesional que va a ejecutar el trabajo, no se hallan incursas en las restricciones detalladas en el artículo 16.

4. Certificado que la firma calificadora de riesgo y sus funcionarios no se hallan incursos en las incompatibilidades detalladas en el artículo 7, de este capítulo.

5. Plan de calificación propuesto, enfoque, informe a emitirse y declaraciones obtenidas de la gerencia previa la contratación; y.

6. Programación cronológica del proceso de calificación, que muestre diferentes fases de la revisión y resultados a obtener por cada fase. La Superintendencia de Bancos tendrá la potestad de revisar, en cualquier momento, si existen incumplimientos de lo establecido en los artículos 7 y 16 de este capítulo.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Presentar  documentación en la recepción   Quito o  en  sus  Regionales Guayaquil, Cuenca, o Portoviejo de  acuerdo a  su jurisdicción.

Conforme  lo  establece   la Disposición  GENERAL  PRIMERA.  del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la  Superintendencia de Bancos emitido con resolución  SB-2017-893 de 16 octubre de  2017, que dice:  Para efecto de la aplicación del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; la Intendencia Regional de Guayaquil tendrán jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Guayas, El Oro, Los Ríos, Santa Elena y la Región Insular Galápagos; La Intendencia Regional de Cuenca tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Azuay, Cañar, Loja, Morona Santiago y Zamora Chinchipe y para la Intendencia Regional de Portoviejo tendrá jurisdicción sobre las instituciones controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas.

Adjuntar  Solicitud  suscrita por  el Gerente General de la Entidad Financiera

Anexar requisitos.

Trámite en Línea

N/A

Costo

N/A

Vigencia

1 año

Horario

HORARIO  DE  8H30  A  17H00  DE LUNES A VIERNES

Quito Av.  12 de  Octubre No. 24-185 y Madrid 

Guayaquil Chimborazo 412 y Aguirre

Cuenca Antonio Borrero 710 y Presidente Córdova

Portoviejo Calle Olmedo y Alajuela

Contacto

Nombre: Toa Carolina Murgueytio Nuñez
Teléfono: 2996100 ext 2006
Correo: tmurgueytio@superbancos.gob.ec