Las entidades públicas, fideicomisos, entidades de derecho privado sin fines de lucro y organismos, pueden participar en la recaudación de los recursos públicos a través de cuentas recolectoras abiertas en las entidades corresponsales del Banco Central del Ecuador, previa autorización emitida por la Dirección Nacional de Servicios Financieros. Los valores por concepto de recaudación se transferirá de manera automática a la cuenta corriente que le corresponda a la respectivas instituciones en el Banco Central del Ecuador, de conformidad con la regulación que se expida para el efecto.
Beneficiarios
Las entidades públicas, fideicomisos, entidades de derecho privado sin fines de lucro y organismos legalmente constituidos pueden participar en la recaudación de los recursos públicos, a través de cuentas recolectoras abiertas en entidades corresponsales del Banco Central del Ecuador.
Requisitos Obligatorios
1. Oficio de solicitud de autorización de apertura de cuenta recolectora original, que detalle el código dactilar y firma de la máxima autoridad de la entidad requirente, debidamente dirigido al Director/a Nacional de Servicios Financieros, documento que debe ser presentado presencialmente o enviar mediante correo al Banco Central del Ecuador.
Requisitos Especiales
Cuando la entidad no haya suscrito previamente el convenio, presentará:
- Convenio de servicios de recaudación original, debidamente firmado por la máxima autoridad de la entidad requirente.
Para sustentar el cargo de la máxima autoridad, es necesario que la entidad requirente presente:
- Nombramiento, en caso de entidad pública.
- Escritura Pública de poder especial, en caso de Fideicomiso o entidad de derecho privado sin fines de lucro debe presentar.
- Registro de Directorio, en caso de organismo.
Cuando la cuenta es para una entidad pública, puede presentar como requisito alternativo al nombramiento de la máxima autoridad:
- Copia certificada de delegación de funciones, puede ser: Resolución administrativa o Acción de personal.
Cuando la máxima autoridad de la entidad requirente no cuente con cédula de identidad y/o ciudadanía, presentar:
- Pasaporte como documento alternativo.
Procedimiento
Trámite en línea:
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Registrar los campos solicitados.
En el transcurso de 2 días laborables se enviará respuesta a su requerimiento, conforme el correo electrónico registrado.
Trámite en Línea
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Costo
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Vigencia
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Horario
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A través de la plataforma GOB.EC.
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