Recurso Administrativo Extraordinario de Revisión sobre actos administrativos firmes

Recurso de impugnación extraordinaria cuyo objeto consiste en que el Superintendente de Competencia Económica pueda revisar los errores materiales, de hecho o de derecho existentes, aparición de pruebas o elementos posteriores o vicios existentes en los actos administrativos o resoluciones de la Superintendencia de Competencia Económica.

Beneficiarios

El proponente, el mercado, la eficiencia económica o los consumidores y usuarios.  Artículo 2 de la LORCPM: los operadores económicos, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales y extranjeras, con o sin fines de lucro, que actual o potencialmente realicen actividades económicas en todo o en parte del territorio nacional, así como los gremios que las agrupen, y las que realicen actividades económicas fuera del país, en la medida en que sus actos, actividades o acuerdos produzcan o puedan producir efectos perjudiciales en el mercado nacional.

Requisitos Obligatorios

1. Presentar el escrito de impugnación dirigido al Superintendente de Competencia Económica. 

2.-El plazo para interponer este recurso es de 3 años desde que el acto administrativo o resolución recurrida haya quedado en firme, el cual será presentado en la Secretaria General de la Superintendencia de Competencia Económica a través de los mecanismos habilitados para recepción de documentos, observando lo siguiente:

a) Formalidades de toda petición:  Generales de ley del peticionario (nombres completos, número de documento de identidad, nacionalidad),

b) Autoridad ante quien se interpone el recurso;

c)  Indicación del acto administrativo que se impugna,

d) Fundamentación del recurso, y,

d) Firma del peticionario.

2. Se acompañará los siguientes documentos habilitantes: En el caso de persona  jurídica, el documento que acredita su calidad.

3. De considerarse se podrá adjuntar los medios de prueba que se crean sustentan la impugnación.

Requisitos Especiales

1.- Encasillarse en una de las causales previstas para el recurso extraordinario de revisión.

2.-Procede solo contra actos administrativos firmes.

Procedimiento

A) Ventanilla virtual:

Ingresar la solicitud en la ventanilla virtual ubicada en
https://www.sce.gob.ec/sitio/ventanilla-virtual/

B) Ventanilla física:

Entregar la solicitud en la ventanilla física ubicada en las instalaciones de Quito, Guayaquil, Loja, Cuenca y Portoviejo.

Trámite en Línea

https://www.sce.gob.ec/sitio/ventanilla-virtual/

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

A) Ventanilla virtual:

https://www.sce.gob…
;

Habilitado en días laborables de 08:15 a 17:00

B) Ventanilla física:

Matriz: 

Quito: Av. de los Shyris N44-93 y Río Coca, Edificio Ocaña

Teléfono: (593) 2 39 56 010 PBX: 1241

Correo electrónico: info@sce.gob.ec                                                                                                                   

Regional:

Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Justino Cornejo, Sector Kennedy Norte. Complejo Inmobiliario Word Trade Center, torre A, local 1.

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 2017

 

Oficinas Técnicas de Apoyo:

Loja: Av. Cuxibamba 01-89 entre Tena y Áncon Edificio Imperio

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 3008

 

Cuenca: Av. México y Unidad Nacional Edificio del Gobierno Zonal 6 – SENPLADES piso 2

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 5004

 

Portoviejo: Av. Urbina y calle Che Guevara, planta baja de la Universidad Técnica de Manabí

Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 7005

 

Horario de atención: De lunes a viernes de 08:15 a 17:00 en todas las oficinas

Contacto

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