Conforme señala el artículo 22 del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, en caso de que una operación de concentración no cumpla con los requisitos previstos en el artículo 16 de la Ley, no se deberá solicitar autorización a la Superintendencia de Competencia Económica.
No obstante y sin perjuicio de aquello, se podrá presentar a la Superintendencia de Competencia Económica una notificación para fines informativos. Esta notificación podrá ser presentada a iniciativa de los operadores económicos partícipes de la operación de concentración, o podrá ser requerida de oficio por la Superintendencia de Competencia Económica.
Beneficiarios
El solicitante, el mercado, la eficiencia económica o los consumidores y usuarios.- Artículo 2 de la LORCPM: los operadores económicos, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales y extranjeras, con o sin fines de lucro, que actual o potencialmente realicen actividades económicas en todo o en parte del territorio nacional, así como los gremios que las agrupen, y las que realicen actividades económicas fuera del país, en la medida en que sus actos, actividades o acuerdos produzcan o puedan producir efectos perjudiciales en el mercado nacional.
Requisitos Obligatorios
Los operadores económicos que presenten una notificación de concentración económica para fines informativos, deberán presentar en las oficinas de la Superintendencia de Competencia Económica, la documentación detallada en el artículo 23 del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, deberá realizarse mediante el formulario previsto por la Superintendencia de Competencia Económica y será acompañada de la documentación e información que en dicho formulario se señale.
La notificación y sus documentos anexos se deberán presentar en dos copias, una física y otra digital. Se deberá presentar la respectiva traducción de los documentos redactados en lengua extranjera y que sean entregados como parte de la notificación de la operación de concentración económica.
La notificación deberá ser realizada por los operadores económicos indicados en el artículo 19 del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, según fuera el caso.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
A) Ventanilla virtual:
Ingresar la solicitud en la ventanilla virtual ubicada en
https://www.sce.gob.ec/sitio/ventanilla-virtual/
B) Ventanilla física:
Entregar la solicitud en la ventanilla física ubicada en las instalaciones de Quito, Guayaquil, Loja, Cuenca y Portoviejo.
Trámite en Línea
https://www.sce.gob.ec/sitio/ventanilla-virtual/
Costo
Para el año 2023: USD 12.281,60
Para el año 2024: USD 13.120,51
Vigencia
N/A
Horario
A) Ventanilla virtual:
Habilitado en días laborables de 08:15 a 17:00
B) Ventanilla física:
Matriz:
Quito: Av. de los Shyris N44-93 y Río Coca, Edificio Ocaña
Teléfono: (593) 2 39 56 010 PBX: 1241
Correo electrónico: info@sce.gob.ec
Regional:
Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Justino Cornejo, Sector Kennedy Norte. Complejo Inmobiliario Word Trade Center, torre A, local 1.
Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 2017
Oficinas Técnicas de Apoyo:
Loja: Av. Cuxibamba 01-89 entre Tena y Áncon Edificio Imperio
Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 3008
Cuenca: Av. México y Unidad Nacional Edificio del Gobierno Zonal 6 – SENPLADES piso 2
Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 5004
Portoviejo: Av. Urbina y calle Che Guevara, planta baja de la Universidad Técnica de Manabí
Teléfono: (593) 2 39 56 010 Ext: 7005
Horario de atención: De lunes a viernes de 08:15 a 17:00 en todas las oficinas
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