Trámite orientado a atender las solicitudes recibidas por las personas jurídicas que deseen obtener el documento habilitante para la prestación de servicios portuarios, Matrícula de Operador Portuario de Servicios Conexos; emitido por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial.
Beneficiarios
Persona jurídica que desea obtener el documento habilitante para prestar servicios portuarios en Autoridades Portuarias, sus delegatarios o concesionarios, Puertos Especiales, Terminales Portuarios Habilitados y/o Facilidades Portuarias Privadas.
Requisitos Obligatorios
Solicitud dirigida al/la Subsecretario/a de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, firmada por el representante legal, especificando y describiendo los servicios que va a prestar, detallando los datos generales de la empresa interesada;
Cuadro del personal contratado para brindar el servicio (en digital). De tratarse de personas jurídicas que obtienen por primera vez su matrícula de Operador Portuario, podrán presentar esta documentación en formato digital en un plazo de dos meses, posteriores a la presentación de la solicitud, su incumplimiento dará lugar a la suspensión de la matrícula, si esta ya hubiere sido otorgada;
Certificación de inscripción o de haber aprobado el curso de inducción de seguridad portuaria o el(s) que corresponda(n) del personal contratado (solo para el personal que aún no cuenta con el Certificado de Aprobación), este documento será válido hasta por treinta días después de efectuado el curso;
Copias de las credenciales otorgadas por organismos competentes del personal contratado, así como de certificados de capacitación, licencias, certificaciones y permisos habilitantes que sean requeridos para operar maquinarias, herramientas o equipos;
Título de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento que sustente la disponibilidad de las maquinarias especializadas, vehículos, herramientas, equipos o artículos de seguridad, y otros equipos con los que se brindará el servicio; y,
Una vez aprobada la matrícula de Operador Portuario, se cancelarán los valores correspondientes por la emisión de la misma.
Los requisitos citados a continuación, cuyo detalle debe constar en la solicitud señalada en el literal a) serán verificados en páginas oficiales; sin embargo en caso de que la información no esté actualizada o no se muestre completa, serán requeridos al solicitante:
Objeto Social señalado en la Constitución de la compañía, donde deben constar las actividades portuarias a desarrollar, y escrituras reformatorias;
Se verificará en el sistema del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) la afiliación y aportes al correspondiente al mes de aportación; anterior a la fecha de presentación de la solicitud del personal contratado para brindar el servicio;
El nombramiento del representante legal vigente se verificará en línea su respectiva inscripción en el Registro Mercantil;
Nómina actualizada de los socios o accionistas de la compañía, debidamente inscrita en la Superintendencia de Compañías o entidad competente;
Registro Único de Contribuyentes (RUC);
Cédula de identidad y certificado de votación del representante legal (La Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial verificará vía electrónica si el representante legal y el personal contratado sufragaron en las últimas elecciones); y,
Vigencia de cursos de formación y matrículas de personal marítimo de tierra correspondientes a cada cargo.
Requisitos Especiales
De vigilancia y seguridad.- La prestación de este servicio estará regida por el reglamento interno de vigilancia y seguridad de cada entidad. Además de los requisitos generales, los interesados en tener la habilitación para este servicio deberán presentar los siguientes documentos:
- Permiso de Operación de la persona jurídica que brinda servicio de seguridad otorgado por el Ministerio del Interior; y,
- Lista y copia de permisos de tenencia y porte de armas asignadas para la prestación del servicio, que estén debidamente registradas ante la autoridad competente.
Manejo de residuos y/o desechos sólidos y/o líquidos.- A más de los requisitos generales, los interesados para tener la habilitación de los siguientes servicios, presentarán el permiso de operación para el transporte hacia los lugares habilitados y cumplirán los que se especifican a continuación:
Recolección y desalojo de residuos y/o desechos sólidos y/o líquidos.- Las empresas de servicios conexos que se dediquen a la recepción de residuos y/o desechos sólidos y/o líquidos desde las naves o artefactos navales cumplirán con los siguientes requisitos:
- Presentar Permiso Ambiental correspondiente.
- Presentar los certificados de gestor final o contratos suscritos con las empresas calificadas como gestor final por la Autoridad Ambiental competente.
Fumigación.- A más de los requisitos generales, las personas jurídicas dedicadas a los servicios conexos de fumigación cumplirán los siguientes requisitos:
- Presentar permiso de funcionamiento otorgado por el Ministerio de Salud/ Dirección Provincial de Salud u autoridad competente.
- Presentar Permiso Ambiental correspondiente o certificado de buenas prácticas ambientales, según corresponda.
Servicio de lanchas.- Además de los requisitos generales, los Operadores Portuarios de Servicios Conexos para obtener la habilitación y brindar este servicio cumplirán con la presentación de los siguientes documentos:
- Lista de las lanchas que se utilizarían en la prestación del servicio, los documentos que demuestren la propiedad de las mismas o su respectivo contrato de arrendamiento de nave (fletamento), debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad Naval o registrados ante la Subsecretaría de Transporte Marítimo y Fluvial, según corresponda, serán verificados en línea.
- El Permiso de tráfico vigente, será verificado en línea.
- Lista del personal, la vigencia de la respectiva matrícula, se verificará en línea.
- En el caso de transporte de combustibles será necesaria la presentación de las autorizaciones otorgadas por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero – ARCH para las embarcaciones a ser utilizadas.
Para la prestación de este servicio dentro del recinto portuario o de puertos especiales o terminales habilitados, se cumplirán adicionalmente los requisitos operativos que éstos establezcan.
Ajuste de siniestros.- Presentar la autorización de peritos calificados otorgada por autoridad competente.
Aprovisionamiento de combustibles, aceites lubricantes y otros derivados de petróleo, por Auto tanque, Buque Tanque y Aprovisionamiento de aceite lubricante en tanques de hasta 55 galones.- A más de los requisitos generales, la empresa a calificarse deberá contar con:
- Autorización como distribuidores o comercializadores otorgada por la ARCH; o, registro como “red de distribución”, efectuada ante la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero del Ecuador o contrato suscrito con la empresa que tenga alguna de las antes señaladas autorizaciones;
- Lista de los vehículos y/o embarcaciones a ser utilizados, adjuntando las respectivas autorizaciones otorgadas por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero – ARCH a los mismos (sean estos propios o con contrato de arriendo); y,
- Permiso Ambiental correspondiente o certificado de buenas prácticas ambientales, según corresponda; aplicado para el aprovisionamiento de combustibles o aceites lubricantes por auto tanque, buque tanque.
En el caso aprovisionamiento de aceite lubricante en tanques de hasta 55 galones de ser necesario el permiso Ambiental correspondiente o certificado de buenas prácticas ambientales, según corresponda.
Recarga y mantenimiento de extintores y equipos contra incendios.- Presentar autorización vigente del Cuerpo de Bomberos y obtener previamente el certificado emitido por la Subsecretaría de Transporte Marítimo y Fluvial, que lo faculta como taller autorizado.
Servicios balsas salvavidas.- Obtener previamente el «Certificado de Estación Autorizada» por la Subsecretaría de Transporte Marítimo y Fluvial.
Limpieza y reparación de unidades de carga.- Los Operadores Portuarios de Servicios Conexos que se dediquen a la limpieza y reparación de unidades de carga deberán presentar Permiso Ambiental correspondiente.
Reparación y/o mantenimiento de naves o artefactos navales.- Los Operadores Portuarios de Servicios Conexos que se dediquen a la reparación y/o mantenimiento de naves o artefactos navales, deberán presentar Permiso Ambiental correspondiente.
Aprovisionamiento de víveres.- Los Operadores Portuarios de Servicios Conexos que se dediquen al aprovisionamiento de víveres, cumplirán los siguientes requisitos:
- Permiso de transporte de alimentos procesados y materias primas del o los vehículos a utilizarse, otorgado por la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria o autoridad competente; y,
- Calificación otorgada por la autoridad competente.
Control de entrega de combustible.- Los Operadores Portuarios de Servicios Conexos que se dediquen al control de entrega de combustible deberán presentar además las autorizaciones emitidas por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero – ARCH a la empresa e inspectores.
Procedimiento
Registrarse como Usuario en el Portal de Servicios
https://aplicaciones.mtop.gob.ec/PortalServicios/
Registrar solicitud correspondiente
Validar requisitos solicitados en línea
Cargar documentación respectiva
Enviar solicitud
En caso de ser aprobada:
Exportar Orden de Pago en el Portal de Servicios
https://aplicaciones.mtop.gob.ec/PortalServicios/
Realizar depósito bancario
Cargar en el Portal de Servicios la papeleta de pago correspondiente
Retirar documento habilitante en nuestras oficinas en al ventanilla de Atención al Usuario
En caso de no ser aprobada:
Reingresar documentación a través del Portal de Servicios
https://aplicaciones.mtop.gob.ec/PortalServicios/
Trámite en Línea
https://aplicaciones.mtop.gob.ec/PortalServicios/
Costo
El trámite tiene un costo aproximado de $ 243,53
Sin embargo, deberá remitirse a la Resolución No. SPTMF-ADM-001-13 Resolución Tarifas Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial – Ya que las tarifas se ajustan anualmente de acuerdo al Indice de Precio al Consumidor.
Vigencia
Tiene una vigencia de 5 años fiscales a partir de la fecha de emisión.
Horario
Avenida del Bombero y Leopoldo Carrera – Edificio «Grace», Primer Piso
Lunes a Viernes de 8H00 a 17H00
Guayaquil – Ecuador
Contacto
Nombre: Unidad de Matriculación y Control de Operadores Portuarios
Teléfono: (04)2592080 ext. 82147 / 82123 / 82104 / 82142
Correo: consultas_sptmf@mtop.gob.ec
