| Acto administrativo mediante el cual se emiten las partidas de nacimiento, matrimonio, defunción y unión de hecho a ciudadanos ecuatorianos que residen en el exterior, para que surta los mismos efectos civiles en el exterior. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior. |
Beneficiarios
| Los beneficiarios del trámite son personas naturales ecuatorianas y extranjeras en el exterior, que requieran el certificado de datos registrales: nacimiento, defunción, matrimonio y unión de hecho en las Oficinas Consulares del Ecuador, de conformidad a las leyes ecuatorianas. • Ciudadanos ecuatorianos. • Casados con ecuatorianos. • Usuarios que hayan registrado formalmente su unión de hecho. • Familiares de ciudadanos que hayan fallecido y se haya registrado su defunción. |
Requisitos Obligatorios
Documento (cédula o pasaporte) que permita verificar la identidad del solicitante.
• Comprobante de pago.
Alternativo:
Terceras personas deben presentar los siguientes requisitos:
• Personas hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de consanguinidad colateral y segundo de afinidad en relación al titular de la información (Padre / Madre, Suegro/a, Yerno / Nuera, Hijo/a mayor de edad) y podrán solicitarlo sin costo adicional, presentando:
o Cédula original y/o pasaporte original vigente (del tercero) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.
• Resto de personas, que no son titulares de la información, con el siguiente grado de parentesco (Abuelo/a, Hermano/a, Cuñado/a, Bisabuelo/a, Tío/a, Sobrino/a, Biznieto/a, Tatarabuelo/a, Tío/a Abuelo/a, Primo/a, Sobrino/a Nieto/a, Tataranieto/a) podrán solicitarlo presentando:
Carta de autorización simple firmada por el titular de la información; o,
Comprobante de pago adicional por solicitud de información de terceros; o,
Cédula original y/o pasaporte original vigente (del profesional del derecho) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.
• Un abogado que no tiene parentesco con el titular de la información, podrá solicitarlo con un costo adicional, presentando:
Carta de autorización simple firmada por el titular de la información; o,
Comprobante de pago adicional por solicitud de información de terceros; o,
Cédula original y/o pasaporte original vigente (del profesional del derecho) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.
Requisitos Especiales
• Carné de discapacidad.
Procedimiento
Oficinas Consulares en el exterior
Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
Presentar documentación habilitante.
Cancelación de Tasa.
Trámite en Línea
N/A
Costo
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Vigencia
| 2 meses desde el día de su emisión. |
Horario
Oficinas Consulares en el Exterior: Consultar el horario en las oficinas consulares. |
