Emisión de certificado para la importación de calzado e implementos deportivos especializados

Trámite orientado en atender solicitudes de certificación de Calzado e Implementos Deportivos Especializados, para la práctica del deporte, la actividad física y la recreación.

 

 

Beneficiarios

Instituciones públicas, empresas privadas y todos aquellos actores del sistema deportivo nacional  que requieran realizar la importación de calzado e implementos deportivos especializados con el objeto de  elevar la eficiencia y la calidad del deporte.

Requisitos Obligatorios

1. Declaración juramentada notariada que incluya el formulario temporal .

2. Certificado de no adeudar al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE.

3. Certificado de encontrarse en Listas Blancas con el Servicio de Rentas Internas SRI.

4. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad

Social IESS.

5. Otros que decida el Ministerio del Deporte.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Importador debe habilitar su usuario en la página https://aplicativos.deporte.gob.ec/ImportacionCalzado/ingreso
,
ya sea en calidad de persona natural o jurídica con la siguiente información y requisitos:

1. Información general de registro y contacto.

2. Registro Único de Contribuyentes RUC actualizado, mismo que debe incluir actividades relacionadas con el beneficio arancelario objeto del presente reglamento, entiéndase, comercialización de artículos deportivos.

3. Declaración juramentada con el texto inherente a la carta de intención de los importadores, según el formato que establezca el Ministerio del Deporte.

4. Declaración del Impuesto a la Renta.

5. Registro de importador en el sistema ECUAPASS debidamente validado por el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE.

6. Declaración Aduanera de Importación DAI para calificarse como usuario en el sistema “Importación de calzado e implementos deportivos especializados»

7. Solicitud de emisión para documentos electrónicos para producción debidamente aprobada por el Servicio de Rentas Internas SRI.

8. Certificado de no adeudar al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE.

9. Certificado de encontrarse en Listas Blancas con el Servicio de Rentas Internas SRI.

10. Certificado vigente de distribución y/o representación, emitido por el proveedor, en español o inglés, a nombre del importador, donde se indique, como mínimo, lo siguiente:

a) Nombre e identificación del socio comercial en Ecuador,

b) Tipo de representación: exclusiva o no exclusiva,

c) Ámbito geográfico de la representación,

d) Fecha de inicio de la representación comercial y plazo de vigencia,

e) Detalle de la marca(s) que el importador puede comercializar con base en la representación que ostenta,

f) Detalle de la línea(s) de producto(s) que incluye la representación,

g) Nombre, cargo correo electrónico y teléfono de contacto del proveedor que emite el

certificado,

h) Sello y firma de responsabilidad.

11. Selección de productos a importar utilizando el beneficio arancelario, de conformidad a la línea(s) de producto(s) que incluye la representación.

Además, para el caso de personas jurídicas:

12. Nombramiento del representante legal de la empresa.

13. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías.

14. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS

El importador habilitado cargará en el sistema los artículos que desee calificar para importación.

1. Tipo de producto (calzado o implemento deportivo),

2. Código arancelario en concordancia con la Resolución Nro. 019-2019 del Comité de Comercio Exterior COMEX,

3. Descripción comercial,

4. Disciplina deportiva,

5. Marca,

6. Modelo,

7. Talla,

8. Tipo de certificación (obligatoria para el caso de los cascos y cuando aplique para los demás artículos),

9. Material/es y composición del producto,

10. Código UPC,

11. Catálogo de productos o ficha técnica en idioma español o inglés emitido por el proveedor,

12. Otros que decida el Ministerio del Deporte.

El importador deberá generar el formulario temporal con la siguiente información:

-Artículo

-Partida

-Cantidad (par / unidad),

-Peso neto,

-Precio bruto,

-Valor FOB en USD,

-Precio en USD (FOB pares o FOB unidad),

-País de origen,

-País de procedencia,

-Nombre o razón social del proveedor,

-Número de identificación del proveedor.

Una vez generado el certificado temporal, el importador deberá cargar en el sistema lo siguiente:

1. Declaración juramentada notariada

2. Certificado de no adeudar al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE.

3. Certificado de encontrarse en Listas Blancas con el Servicio de Rentas Internas SRI.

4. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS.

5. Otros que decida el Ministerio del Deporte. Toda la documentación solicitada debe estar actualizada hasta máximo un mes anterior.

Trámite en Línea

https://aplicativos.deporte.gob.ec/ImportacionCalzado/ingreso

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

N/A

Contacto

Nombre: Dirección de Investigación y Cooperación en Cultura Física
Teléfono: (+593) 2 3969200
Correo: cooperacion@deporte.gob.ec