Acogerse al beneficio de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores

Exoneración del 50% del valor del consumo mensual de energía eléctrica de los primeros 138 kWh/mes, para fines exclusivamente residenciales para personas que han cumplido los 65 años de edad. La aplicación del referido subsidio, también se extiende a instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores, instituciones gerontológicas.

Beneficiarios

  1. Todas las personas naturales que han cumplido los 65 años de edad.
  2. Todas las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores, instituciones gerontológicas.

Requisitos Obligatorios

Persona natural (65 años de edad en adelante)

Formulario de aplicación firmado por parte del beneficiario;

Presentación de las cédulas de ciudadanía del solicitante y cónyuge (éste último dependiendo del estado civil del solicitante).

No registrar valores pendientes correspondientes al servicio público de energía eléctrica; y,

No disponer del subsidio en otro suministro de energía eléctrica a nivel nacional.

Para instituciones sin fines de lucro (Brinden atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores, instituciones gerontológicas)

Formulario de aplicación firmado por parte del representante legal de la institución sin fines de lucro;

Presentación de la cédula de ciudadanía del representante legal y nombramiento;

Presentar el Acuerdo Ministerial y/o RUC en el que conste que la institución sin fines de lucro, ya sea: asilo, albergue, comedor o institución gerontológica, se dedique a dar atención a personas de la tercera edad;

No registrar valores pendientes correspondientes al servicio público de energía eléctrica; y,

No disponer del subsidio en otro suministro de energía eléctrica a nivel nacional.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Sobre la documentación presentada por el solicitante mediante correo electrónico, página web o en los puntos de atención al cliente, la EEASA previo análisis de la documentación entregada, procederá con la aplicación del subsidio de tercera edad. 

Trámite en Línea

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Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

El horario de atención para clientes es de lunes a viernes de 08h00 a 18h00. Trabajamos Ininterrumpidamente.

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