Emisión de certificados de datos registrales en el exterior: nacimiento, matrimonio, defunción y unión de hecho

Acto administrativo mediante el cual se emiten las partidas de nacimiento, matrimonio, defunción y unión de hecho a ciudadanos ecuatorianos que residen en el exterior, para que surta los mismos efectos civiles en el exterior. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

Beneficiarios

Los beneficiarios del trámite son personas naturales ecuatorianas y extranjeras en el exterior, que requieran el certificado de datos registrales: nacimiento, defunción, matrimonio y unión de hecho en las Oficinas Consulares del Ecuador, de conformidad a las leyes ecuatorianas.

• Ciudadanos ecuatorianos.

• Casados con ecuatorianos.

• Usuarios que hayan registrado formalmente su unión de hecho.

• Familiares de ciudadanos que hayan fallecido y se haya registrado su defunción.

Requisitos Obligatorios

Documento (cédula o pasaporte) que permita verificar la identidad del solicitante.

• Comprobante de pago.

Alternativo:

Terceras personas deben presentar los siguientes requisitos:

• Personas hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de consanguinidad colateral y segundo de afinidad en relación al titular de la información (Padre / Madre, Suegro/a, Yerno / Nuera, Hijo/a mayor de edad) y podrán solicitarlo sin costo adicional, presentando:

o Cédula original y/o pasaporte original vigente (del tercero) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.

• Resto de personas, que no son titulares de la información, con el siguiente grado de parentesco (Abuelo/a, Hermano/a, Cuñado/a, Bisabuelo/a, Tío/a, Sobrino/a, Biznieto/a, Tatarabuelo/a, Tío/a Abuelo/a, Primo/a, Sobrino/a Nieto/a, Tataranieto/a) podrán solicitarlo presentando:

Carta de autorización simple firmada por el titular de la información; o,

Comprobante de pago adicional por solicitud de información de terceros; o,

Cédula original y/o pasaporte original vigente (del profesional del derecho) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.

• Un abogado que no tiene parentesco con el titular de la información, podrá solicitarlo con un costo adicional, presentando:

Carta de autorización simple firmada por el titular de la información; o,

Comprobante de pago adicional por solicitud de información de terceros; o,

Cédula original y/o pasaporte original vigente (del profesional del derecho) para verificación del Agente Consular en calidad de Fedatario.

Requisitos Especiales

• Carné de discapacidad.

Procedimiento

Oficinas Consulares en el exterior

Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Presentar documentación habilitante.

Cancelación de Tasa.

Trámite en Línea

N/A

Costo

Valor $3,00. No grava IVA

1. Las personas con discapacidad del 30% o más obtiene la exención del 100% del valor del trámite, presentando el carné de persona con discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

2. En caso de que el trámite sea ejecutado por un tercero, deberá cancelar adicionalmente, solicitud de información de terceros: $2.

Vigencia

2 meses desde el día de su emisión.

Horario

Oficinas Consulares en el Exterior:

Consultar el horario en las oficinas consulares.

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: