Solicitud de registro de las agencias de certificación ante la agencia de regulación y control fito y zoosanitario

Trámite orientado a realizar el registro de los organismos externos que realizan la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y/o Buenas Prácticas de Almacenamiento (BPA), ante la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario.

Beneficiarios

Usuarios personas naturales: Organismos de certificación, Organismos de inspección o entidades legalmente constituidas acreditados por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano SAE

Usuarios personas jurídicas: Organismos de certificación, Organismos de inspección o entidades legalmente constituidas acreditados por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano SAE

Usuarios entidades gubernamentales: No aplica

Usuarios entidades ONGs: No aplica

Requisitos Obligatorios

a) Solicitud de registro ante la Agencia como Organismo de Certificación. (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

b) Pago correspondiente acorde al tarifario vigente por el registro o renovación como Organismo de Certificación para Buenas Prácticas de Manufactura y/o Almacenamiento de productos de uso veterinario. (
https://www.agrocalidad.gob.ec/tarfiario/)

c) Resolución de acreditación vigente y/o Certificado de Acreditación emitido por el SAE, como Organismo de Certificación de Productos para el alcance de Buenas Prácticas de Manufactura y/o Almacenamiento para productos de uso veterinario. (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

d) Carta de presentación y compromiso de cumplimiento de requisitos (Anexo N° 1 de la Resolución 0014). (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

e) Carta de confidencialidad (Anexo N° 2 de la Resolución 0014). (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

f) Datos generales de la empresa (Anexo N°3 de la Resolución 0014). (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

g) Listado de auditores con documento evidenciable que cumpla al menos 4 auditorías en Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y/o Almacenamiento.(https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

h) Procedimiento para proteger la integridad y seguridad de la información de los operadores que han solicitado el servicio. (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

i) Procedimiento para la presentación, solución de quejas y apelaciones. (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

j) Flujograma del proceso de certificación desde la recepción de solicitud hasta la emisión de los informes. (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

k) Procedimiento para el registro de la información sobre la suspensión y revocación de los certificados otorgados. (https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2024/02/DAJ-2024DB-0201.0014.pdf
)

 

Dentro de la mejora del año 2021 se realizó una nueva Resolución 0200, perteneciente al Manual para el registro y autorización de organismos de certificación en buenas prácticas de manufactura y/o almacenamiento de productos de uso veterinario, derogando la anterior normativa, la Resolución 126.

Se eliminaron los siguientes requisitos:

Se elimina el perfil profesional para inspectores de organismos de certificación

Se elimina el número de horas de experiencia en auditorias en BPM y/o BPA

Actualmente, se redujo de 5 a 4 requisitos para los nuevos auditores pertenecientes al registro de Organismos de Certificación.

Beneficios para los usuarios

Los beneficiarios de la simplificación de este trámite son los Organismos de Certificación, los cuales tendrán la opción de registrar nuevos inspectores con reducción en el número de requisitos de 5 a 4 documentos.

Los organismos de certificación incrementarán su capacidad operativa en cuanto a los inspectores para el proceso de certificación.

Se redujo el pago de $1556,00 USD por cada año, a un solo pago de $1645,19 cada tres años para los Organismos de Certificación.

 

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Presentar la solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario.

Revisión por parte de la Agencia de la solcitud para el registro del organismo de certificación.

Salvar las observaciones realizadas por la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, cuando corresponda.

Recepción del oficio de registro como organismo de certificación autorizado por la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario mediante Quipux.

Trámite en Línea

N/A

Costo

1645,19 USD más IVA

Vigencia

Tres años

Horario

Eloy Alfaro y Federico González Suárez, Av. Interoceánica Km. 14 1/2, sector La Granja, Tumbaco

Horario de atención: 08:00 – 17:00

Contacto

Nombre: Dirección de Registro de Insumos Pecuarios
Teléfono: (+593) 02 3828 860 Ext. 2021
Correo: productosveterinarios@agrocalidad.gob.ec