| Es la decisión de la Junta General de Accionistas u organismo que haga sus veces, respecto de liquidar de forma voluntaria una entidad financiera, de conformidad con lo establecido en el marco jurídico vigente. |
Beneficiarios
Entidades Financieras Privadas que cumplan con los requisitos para proceder con la liquidación voluntaria.
Entidades Financieras Públicas que cumplan con los requisitos para proceder con la liquidación voluntaria.
La regulación para la autorización se encuentra en la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, Código Orgánico Monetario y Financiero y demás normas aplicables.
Requisitos Obligatorios
Entidad financiera privada:
1. Solicitud de liquidación voluntaria de la entidad del sector financiero privado;
2. Acta de junta general de accionistas en la que se resolvió la liquidación voluntaria, por mayoría o como se estipule en el estatuto social;
3. Estados financieros que demuestren que tienen los recursos necesarios para atender todas sus obligaciones;
4. Justificativo de no encontrarse incursa en las causales de liquidación forzosa;. Escritura pública de liquidación voluntaria.
Entidad financiera pública:
Las entidades del sector financiero público se liquidarán también por razones de interés público dispuestas por el Presidente de la República.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Presentar documentación en la recepción Quito o en sus Regionales Guayaquil, Cuenca, o Portoviejo de acuerdo a su jurisdicción.
Conforme lo establece la Disposición GENERAL PRIMERA. del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos emitido con resolución SB-2017-893 de 16 octubre de 2017, que dice: Para efecto de la aplicación del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; la Intendencia Regional de Guayaquil tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Guayas, El Oro, Los Ríos, Santa Elena y la Región Insular Galápagos; La Intendencia Regional de Cuenca tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Azuay, Cañar, Loja, Morona Santiago y Zamora Chinchipe y para la Intendencia Regional de Portoviejo tendrá jurisdicción sobre las instituciones controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas.
Adjuntar Solicitud suscrita por el Gerente General de la Entidad Financiera
Anexar requisitos.
Trámite en Línea
N/A
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
| HORARIO DE 8H30 A 17H00 DE LUNES A VIERNES Quito: Av. 12 de Octubre No. 24-185 y Madrid Guayaquil: Chimborazo 412 y Aguirre Cuenca: Antonio Borrero 710 y Presidente Córdova Portoviejo: Calle Olmedo y Alajuela |
Contacto
Nombre: Toa Carolina Murgueytio Nuñez
Teléfono: 2996100 ext 2006
Correo: tmurgueytio@superbancos.gob.ec
