Registro de nacimiento:
Acto administrativo mediante el cual el Cónsul o su delegado REGISTRA en el sistema del Registro Civil (DIGERCIC) el nacimiento de una persona nacida e inscrita en el exterior (hijos de padre o madre ecuatoriana o de sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad) para que tenga derecho a la nacionalidad ecuatoriana y surta efectos en el país donde se otorga el documento y en el Ecuador. Se emite a través de las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.
Registro de defunción:
Acto administrativo mediante el cual el Cónsul o su delegado REGISTRA en el sistema del Registro Civil (DIGERCIC) personas ecuatorianas fallecidas en el extranjero que hayan sido inscritas en el extranjero ante autoridad extranjera, se efectúa con el propósito de que el registro surta efectos legales en el país donde se otorga el documento y en el Ecuador. Se emite a través de las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.
Beneficiarios
Ciudadanos ecuatorianos que residen en el exterior y que requieren el registro de un nacimiento o el registro oportuno de defunción en las oficinas consulares del Ecuador, de conformidad a las leyes ecuatorianas, acto que se lo realiza ante los Agentes Diplomáticos o Consulares.
Requisitos Obligatorios
Registro de nacimiento:
Certificado o acta de nacimiento emitido por autoridad competente del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido de ser el caso.
Pasaporte vigente del titular de la inscripción en caso de ser mayor de edad.
Cédula de identidad vigente de los progenitores ecuatorianos, en caso de no disponerla podrá presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deberá estar vigente.
Si uno de los progenitores es extranjero, deberá presentar u
n
documento de identidad nacional o
la
tarjeta
de
identidad
emitido
en
el
país
o
jurisdicción
de
la
oficina
consular
Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.
Comprobante de pago.
Registro de defunción:
Certificado de inscripción de defunción emitida por autoridad competente del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido de ser el caso.
Pasaporte vigente del solicitante.
Cédula de identidad del solicitante, en caso de no disponerla podrá presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero, el cual deberá estar vigente.
Comprobante de pago.
Alternativos: Si el solicitante es extranjero deberá presentar
Pasaporte vigente.
Carné de refugio del solicitante.
Documento de identidad del país de origen del solicitante.
Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.
Requisitos Especiales
- Carné de discapacidad
Procedimiento
Trámite presencial
Solicitar un turno en la oficina consular.
Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
Entregar la documentación habilitante al Agente Consular para iniciar el trámite.
Efectuar el pago conforme al arancel consular y diplomático.
Revisar y confirmar los datos del registro de nacimiento o defunción.
Firmar las actas de registro.
Trámite en Línea
N/A
Costo
- Registro de nacimiento: Valor regular USD $ 50,00 No grava IVA
- Registro de defunción ordinaria: Valor regular USD $ 50,00 No grava IVA
- Prestación de Servicio de DIGERCIC – Valor regular USD $ 5,00 No grava IVA
La exoneración del 100% del valor del trámite aplica para los ciudadanos con discapacidad del 30% o más, según lo establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades.
Vigencia
N/A
Horario
Oficinas Consulares en el Exterior:
Consultar el horario en las oficinas consulares.
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
