Concesión de visa de residencia temporal de tripulante marino

Otorgamiento de una visa de tripulante marino a ciudadanos extranjeros quienes forman parte del equipo de embarcaciones especiales, comerciales o industriales, dedicada a sus maniobras y servicio, el solicitante deberá presentar además de los requisitos generales contemplados en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, los establecidos en el artículo 70 del reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, el mismo que fue reformado por el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023. Las visas de tripulante marino se otorgan en los Consulados y/o en las Oficinas Consulares en los distintos países en donde el Ecuador mantiene relaciones consulares, en el Ecuador estas visas son otorgadas por las Direcciones Zonales, las mismas que se encuentran distribuidas y desconcentradas en todo el territorio nacional.

Beneficiarios

Trámite orientado a ciudadanos extranjeros: quienes forman parte del equipo de embarcaciones especiales, comerciales o industriales, dedicada a sus maniobras y servicio. La señalada visa se otorgará a extranjeros quienes reúnan los requisitos legales generales contemplados en el artículo 64 de la LOMH, así como los especiales contemplados en el artículo 70 del reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana norma reformada por el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023, la señalada visa cuenta con entradas múltiples al Ecuador. La visa de visitante temporal de tripulante marino en el exterior es un servicio brindado a través de los Consulados u Oficinas Consulares del Ecuador, así como, en las Oficinas (Direcciones Zonales) desconcentradas.

Requisitos Obligatorios

Pasaporte válido (mínima vigencia seis meses) o documento de identidad del país de origen

Certificado de antecedentes penales del país de origen.

Acreditar medios de vida lícitos conforme el
Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024

Requisitos Especiales

La persona extranjera podrá aplicar para esta categoría migraría presentando los siguientes requisitos:

a) Contrato de trabajo o carta de auspicio;

b) Permiso de Pesca o similar, otorgado por la autoridad nacional de Pesca; o,

c) Documentos que acrediten la permanencia legal en el país de las embarcaciones en las que trabajen los tripulantes.

Adicionalmente, se requerirá la acreditación de la calidad de tripulante de forma inequívoca, la misma que deberá constar en el rol de la tripulación, el zarpe y el contrato de trabajo.

Para la renovación de esta visa se deberán presentar, además de los requisitos generales previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, los exigidos para su otorgamiento por primera vez.

Se debe tomar en cuenta la reforma realizada al artículo 70 del reglamento a través del el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023.

Procedimiento

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

Acudir a las ventanillas dispuestas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en las Direcciones Zonales o de los Consulados del Ecuador en el Mundo.

Presentar documentación habilitante debidamente apostillada y/o legalizada.

Cancelación de tarifa del formulario

Una vez validada la información acudir a la cita (día y hora) convocada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Cancelar el costo de la visa

Retirar el certificado de concesión de visa y confirmar y firmar el recibido conforme de la visa.

 
PROCEDIMIENTO EN LINEA

Registro

Ingresa al enlace
https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec/

Selecciona la opción de registro

Ingresa correo electrónico

Seguir instrucciones para recibir un código de verificación

Crear contraseña

Completa campos de registro

Ingresar datos personales y aceptar términos y condiciones.

Solicitud de visa

Seleccionar nuevo trámite

Escoger tipo de servicio al que se desea acceder

Completar datos: pasaporte, fotografía y demás documentos de respaldo.

NOTA:
los menores de edad deben realizar este trámite a través de sus representantes legales o apoderados según sea el caso.

Luego de realizar la solicitud de visa se debe realizar el primer pago en línea.

NOTA:
este pago corresponde a la presentación de la solicitud y revisión de documentos, el usuario recibirá correos electrónicos de notificación según el proceso avance conjuntamente con la factura electrónica del pago efectuado. Se debe seleccionar de manera adecuada el tipo de visa ya que este pago NO es reembolsable.

Confirmación y seguimiento de trámite

Revisar el estado de solicitud en el sistema.

Puede acceder al expediente para obtener un resumen del trámite.

Proceso de subsanación

Si la información presentada esta incompleta o incorrecta recibirá una notificación.

Seguir las indicaciones y subir la documentación solicitada.

El tiempo previsto en la norma para realizar este proceso son 10 días laborables.

En el caso que corresponda el CESDI informará si se requiere o no una entrevista presencial o virtual.

Realizar pago

Una vez aprobada la solicitud podrá realizar el pago de la visa y orden de cedulación, dependiendo del tipo de visa solicitada. Por ahora se lo puede realizar solo en línea posteriormente se incrementará el canal presencial en las oficinas bancarias autorizadas.

En su correo electrónico recibirá una notificación del pago conjuntamente con las facturas electrónicas de los valores pagados por el usuario.

Emisión de visa y orden de cedulación

Una vez efectuado el segundo pago, se generará de forma automática la visa y orden de cedulación, en caso de corresponder.

El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:

 

 

 

 

 

 

Trámite en Línea

https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec/

Costo

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $200. No grava IVA

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

Vigencia

La visa de tripulante marino permite el ingreso hasta por dos años con entradas múltiples, de conformidad al artículo 70 del reglamento de la LOMH.

Horario

En el Ecuador –  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

Contacto

Nombre: Unidad de Consejería
Teléfono: 023933520
Correo: consejeria@cancilleria.gob.ec