Los armadores pesqueros industriales pueden solicitar el documento que certifica la declaración de la pesca capturada por embarcaciones pesqueras industriales.
Beneficiarios
Armador industrial: Persona natural o jurídica que representa y/o administra una o más embarcaciones industriales.
Pescador industrial: Persona que realiza la actividad extractiva con uso de herramientas, equipos técnicos y tecnológicos, sistemas de pesca hidráulicos, mecanizados y tecnificados.
Requisitos Obligatorios
Descargas de pesca realizada en puertos ecuatorianos:
Oficio solicitando la validación del registro de captura
Formulario del registro de captura a validar
Zarpe que justifiqué las fechas de captura
Comprobante de pago de taza
Detalle de ingreso a planta con firma y sello de la responsabilidad de la empresa o empresas que reciben la pesca,
Certificado de monitoreo y control de desembarque de la pesca
Plano de cubas para la flota atunera (distribución de pesca estimada)
Bitácora o libro de pesca
Requisitos Especiales
Documentos adicionales para las embarcaciones que capturan y descargan pesca en puertos extranjeros:
- Autorización y permiso de pesca de tercer país donde realizo la actividad extractiva (de ser el caso)
- Zarpe de arribo y salida de los países donde la embarcación haya ingresa puerto.
- Documentos de verificación emitido por la autoridad pesquera del país donde la embarcación realice la / las descargas
- Previo a realizar la descarga en puertos extranjeros deberá gestionar la autorización pertinente a la Subsecretaria de Recursos Pesqueros
En caso de que la embarcación realice trasbordo:
- El formulario del registro de captura a validar, deberá contener firma y sello de la autoridad pesquera del puerto habilitado donde se haya realizado el trasbordo.
- Previo a realizar el trasbordo deberá gestionar la autorización pertinente a la Subsecretaria de Recursos Pesqueros.
Procedimiento
Ingresar la solicitud de trámite con los requisitos en la ventanilla única de la institución.
Realizar el pago.
Presentar pago en ventanilla única de la institución y recibir la factura de servicios.
Recibir notificación en caso de inconsistencia de información.
Recibir el documento del trámite en la ventanilla única de la institución.
Procedimiento mientras dure el estado de emergencia
Realizar la solicitud del trámite y enviar al correo
nboada@produccion.gob.ec
Realizar el pago únicamente a través de transferencia bancaria a las siguientes cuentas:
Banco del Pacífico – cuenta corriente No. 7911009
Banco de Guayaquil – cuenta corriente No. 45949770
Banco BanEcuador – cuenta corriente No. 300134070-9
IMPORTANTE
: las transferencias interbancarias que se realicen a las cuentas del Banco del Pacífico y Banco Guayaquil tendrán un costo adicional de 0,22 ctvs, y en BanEcuador 0,35 ctvs que tendrán que ser considerado al momento de realizar el pago
Información para el registro de la cuenta:
Razón social: Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca
RUC: 0968599370001
Correo Institucional: recaudaciones_mpceip@produccion.gob.ec
Teléfono: 052666109
3. Enviar el comprobante electrónico junto con los demás requisitos a la siguiente dirección de correo:
Guayaquil: lzambranor@produccion.gob.ec
Manta: nboada@produccion.gob.ec
Quito: dalbarracin@produccion.gob.ec
4. En caso de presentar alguna inconsistencia, recibirá una notificación para la subsanación respectiva
5. Una vez que se encuentre aprobado el trámite, se enviará a su correo el documento firmado electrónicamente
Trámite en Línea
N/A
Costo
25,00 USD; no grava IVA
Vigencia
N/A
Horario
Dirección: Puerto Pesquero Artesanal San Mateo S/N
Manta – Ecuador
Horario: Lunes a viernes de 08:30 a 17:00
Contacto
Nombre: CONTACTO CIUDADANO
Teléfono: 1800-627-462
Correo: contactociudadano@produccion.gob.ec
