Solicitud de certificación o recertificación de predios libres de brucelosis

Trámite orientado a todos los predios cuyos propietarios o representantes, voluntariamente soliciten el ingreso al programa y la posterior certificación oficial. La certificación garantiza que sus bovinos y subproductos están libres de la enfermedad y no serán un riesgo para la salud humana. El ganadero mejorara la rentabilidad en la producción. El procesos se realiza según lo indicado en la Resolución 238 la cual adopta el «Instructivo para la certificación y recertificación de predios libres de brucelosis y tuberculosis bovina».

 

Beneficiarios

Usuarios personas naturales:     Mayores de 18 años

Usuarios personas jurídicas:       Legalmente consituidas

Usuarios entidades gubernamentales:  Personas naturales o jurídicas

Usuarios entidades ONGs:          No aplica

Requisitos Obligatorios

Presentar la solicitud
para iniciar el proceso de certificación como
predio libre de
brucelosis
 bovina, la solicitud debe ser dirigida al Director
Distrital
 tipo A, B ó Jefe de Servicio de Sanidad Agropecuaria según la provincia donde se encuentre ubicado el predio (en la pestaña formularios podrá encontrar el listado de Directores distritales tipo A o B y Jefes de Servicio Agropecuario correspondiente a cada provincia con sus respectivos correos electrónicos, al igual que el formato para la solicitud). 

Estar registrado como operador en el sistema GUIA (En caso de no estar registrado lo puede realizar en el link del trámite en línea, si presenta inconvenientes el punto focal del programa lo podrá guiar, los datos de contactos según la provincia se encuentra en la pestaña de formatos)

Firmar la carta compromiso entre la Agencia y el propietario o representante legal del predio.

Presentar el certificado de vacunación contra Fiebre Aftosa

Pasar la inspección del predio

Tener identificados a sus animales

Obtener 2 resultados negativos a brucelosis con un intervalo de 4 meses cada uno (los análisis deben ser realizados en los laboratorios de la red de la Agencia) en caso de certificación y para recertificación tener 1 diagnóstico negativo

 

Requisitos Especiales

 

 

 

 

Procedimiento

Presentar la solicitud de ingreso al proceso de certificación de predios libres. La cual debe estar dirigida al
al Director
Distrital
 tipo A, B ó Jefe de Servicio  de Sanidad Agropecuaria según la provincia donde se encuentre ubicado el predio (en la pestaña formularios podrá encontrar el listado de Directores distritales tipo A o B y Jefes de Servicio Agropecuario correspondiente a cada provincia con sus respectivos correos electrónicos, al igual que el formato para la solicitud). 

El personal técnico de AGROCALIDAD
 se
pondrá
 en contacto con el propietario o representante legal para agendar
la inspección
 al predio.

En la visita de inspección del predio se firma la carta compromiso y se entrega una copia del certificado de vacunación contra fiebre aftosa.

En caso de no estar registrado en el sistema GUIA como operador y tener inconvenientes con el mismo el técnico de la Agencia que realiza la inspección del predio le ayudara con el registro.

El técnico
AGROCALIDAD
realizará la inspección del predio, en donde se verificara las medidas sanitarias establecidas en el Resolución 238 la cual adopta el Instructivo para los Procesos de Certificación y Recertificación de Predios Libres.

AGROCALIDAD comunicará si
 pasó o no la inspección. 

Aprobada la inspección
, el propietario o representante legal del predio deberá contactar con uno de los laboratorio de la RED de AGROCALIDAD (LIVEXLAB, VETELAB, TESTFARM, Asociación Holstein o laboratorios de la Agencia) para solicitar el muestreo de sus animales 

El técnico habilitado para la toma de muestras realizará el muestreo de los animales susceptibles.

En caso de ser negativos los análisis
,
el laboratorio de la red comunicará los mismos en un
periodo
 máximo de 15 días.

Posterior a 120 días de realizado el primer muestro (análisis negativo) se
deberá
 realizar otro muestreo a los animales
susceptibles
.

Al obtener dos resultados negativos consecutivos con un intervalo de 120 días entre muestreo se emitirá el certificado de predio libre. El cual se le hará llegar por medio del correo electrónico plasmado en la solicitud.

En caso de hallar animales positivos, se procederá al saneamiento del predio con supervisión de la Agencia y se suspende el proceso de la certificación.

Todo el procedimiento esta detallado en la Resolución 238 «Instructivo para la certificación y recertificación de predios libres de brucelosis y tuberculosis bovina», el cual lo puede encontrar en la pestaña formularios.

Trámite en Línea

https://guia.agrocalidad.gob.ec/agrodb/ingreso.php

Costo

N/A

Vigencia

1 año calendario a partir de la emisión del certificado.

Horario

Oficina de la Coordinación de Sanidad Animal ubicada en av. Av. Interoceánica Km 141/2, La Granja MAG – Tumbaco – Ecuador

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario en provincias

Horario de atención:

Lunes a viernes de 08h00 a 16h30.

Contacto

Nombre: Paola Moreno
Teléfono: +593 23828860- 2010
Correo: paola.moreno@grocalidad.gob.ec