El impuesto del 1.5 por mil corresponderá al activo total del año calendario anterior y el período financiero correrá del 1ro. de enero al 31 de diciembre. Este impuesto se pagará hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del impuesto a la renta.
Beneficiarios
A los sujetos pasivos de este impuesto quienes son personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal, que ejercen permanentemente actividades económicas y que están obligados a llevar contabilidad, de acuerdo con lo que dispone la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su Reglamento.
Requisitos Obligatorios
Los requisitos son los siguientes:
Contar con la clave municipal
Registro Único de Contribuyentes
Requisitos Especiales
Requisitos adicionales para los casos que se indican a continuación:
Si es por resolución: No sujeto al pago, exoneración (dependiendo de la actividad) y Prescripción:
- Detalle pormenorizado del activo y pasivo corriente agropecuario y no agropecuario, debidamente firmados por el Contador (Agrícolas)
- Declaración Juramentada (en caso de que la Resolución lo indique)- Educativas, sin fines de lucro.
- Declaración del Impuesto a la Renta.
Si es por Declaraciones Sustitutivas:
- Distribución de los ingresos por cada cantón, si es el caso.
- Una carta donde explique los cambios realizados en las cuentas de los activos y pasivos corrientes o el informe de auditoría realizada en la empresa (justificativo del balance).
- Declaración del Impuesto a la Renta.
Si es en otro cantón y cancelan la parte proporcional de Guayaquil:
- Distribución de ingresos por cada cantón.
- Declaración del Impuesto a la Renta.
- Certificado del Municipio donde conste el valor pagado.
Si es el cantón Guayaquil y tiene comprobante de los otros cantones:
- Distribución de ingresos por cada cantón.
- Declaración del Impuesto a la Renta.
- Comprobante de pago de los otros cantones.
Si está obligado a llevar contabilidad – No tributa:
Los requisitos obligatorios
Procedimiento
1.
Ingresar a la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil:
2.
Dar clic en el ícono
Servicios en Línea
.
3. Dar clic en la opción Trámites, que se encuentra ubicada en la barra de menú. Luego dar clic en la opción correspondiente al trámite que desea efectuar, en este caso:
1.5 por mil
4. Ingresar la información en los campos Usuario y Contraseña.
5. Una vez dentro del sistema, considerar las siguientes recomendaciones:
Leer detenidamente lo que se indica y llenar el formulario »
Administración de Declaraciones del Impuesto 1.5 por mil sobre los Activos Totales
«, siguiendo las instrucciones. Se genera el estado Solicitud ingresada al sistema por el flujo manual
6.
Cargar en formato digital todos los requisitos en la
Ventanilla Universal Virtual
.
Trámite en Línea
https://tramites4.guayaquil.gob.ec/STL10002.aspx
Costo
N/A
Vigencia
El 1.5 por mil sobre los activos totales es válida hasta el 31 de Diciembre de cada año.
Horario
Este trámite se lo puede efectuar a través de los siguientes canales de atención:
- Ventanilla Universal Virtual: a través de la Ventanilla
Universal Virtual, las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Contacto
Nombre: María Verónica Bumachar Negrete
Teléfono: 04-2594800
Correo: marbumvn@guayaquil.gov.ec
