Registro de supervivencia

Trámite orientado a mantener el beneficio de pensión de montepío para hijos de 18 a 25 años, los mismos que deben seguir manteniendo las condiciones estipuladas en la ley para la continuidad de pago por parte del ISSPOL de la pensión de montepío. 

Beneficiarios

 

Los usuarios que son beneficiarios del montepío, en este caso los hijos de 18 a 25 años, deben pasar la supervivencia con el cual una persona puede comprobar ante la institución de Seguridad Social de la Policía Nacional que corresponda su existencia física y, por lo tanto, que sus derechos de pensión continúan vigentes.

Requisitos Obligatorios

Pensionistas de retiro, invalidez y discapacidad residentes en el ecuador y en el exterior

Se lo realiza en línea (siguiendo pasos respectivos)

Montepiados (viudas, hijos menores de 18 años ISSPOL, hijos con discapacidad y padres en orden de prelación, e hijos de ex Caja, Estado y Excombatientes)  residentes en el ecuador y en el exterior

Se lo realiza en línea (siguiendo pasos respectivos)

Montepiados (hijos de 18 a 25 años) residentes en ecuador

 

Certificado de no ser afiliado al IESS.

Certificado de no ser afiliado al ISSFA.

Impresión de ficha de información ciudadana (impreso por el ISSPOL).

Certificado de matrícula y asistencia a clases debidamente detallado los períodos de inicio y fin con fechas (presentar del año anterior y de año actual).

Montepiados (hijos de 18 a 25 años) residentes en el exterior

 

Original del Certificado de supervivencia apostillado de la Embajada o Consulado del Ecuador en el país de su residencia y a falta de estas, en la representación diplomática ecuatoriana (Agregadurías) más cercana a su domicilio, que justifique la presencia física de las y los pensionistas.

Original del Certificado de su estado civil conferido por la Institución que corresponda en el país de residencia, debidamente apostillado y traducido al español si fuere el caso.

Original del Certificado actualizado y apostillado de matrícula y de asistencia a clases conferido por autoridad competente donde conste el nombre del establecimiento, carrera, nivel y período actual de estudios en el país de residencia y si fuere el caso debidamente traducido al español.

Original del Documento conferido por la Institución competente que justifique que las o los pensionistas no han adquirido relación laboral en el país de residencia.

Copia del poder especial o general conferido al apoderado para que presente en el Ecuador la documentación que abalice el control de supervivencia de las y los pensionistas del ISSPOL.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Este beneficio, al no ser un trámite en línea, es necesario que el usuario, que tiene derecho del seguro de montepío, hijos de 18 a 25 años, debe acerque a la matriz o coordinaciones provinciales a presentar que sigue cumpliendo, de lo que a continuación se detalla como pasos a seguir:

Presentarse en las oficinas del ISSPOL con los requisitos

Registrarse la supervivencia

Trámite en Línea

N/A

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

De 8h00 a 16h30

Contacto

Nombre: Gestión de Comunicación Social
Teléfono: 023949250
Correo: contacto@isspol.org.ec