Las empresas maquiladoras son aquellas que importan productos sin pagar aranceles, cuyo producto se comercializa en el país de origen de la materia prima. Toda persona natural o jurídica, consorcio u otra unidad económica que desee realizar un proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, perfeccionamiento, transformación o reparación de bienes de procedencia extranjera, importados bajo el Régimen de Admisión Temporal Especial previsto la Ley 90, para su reexportación posterior, con la incorporación de componentes nacionales si fuere del caso; podrá calificarse como maquiladora.
Beneficiarios
Personas jurídicas o empresas, consorcio u otra unidad económica, que deseen recibir la calificación y registro de maquiladora para acogerse al régimen establecido en la Ley 90 de Regimen de Maquila y Contratación laboral a tiempo parcial.
Requisitos Obligatorios
1. Solicitud de registro y calificación de maquiladoras, dirigida al/la Subsecretario/a de Competitividad Industrial y Territorial.
2. Identificación del solicitante y, si fuere del caso de los propietarios o representantes legales de la persona jurídica, consorcio o unidad económica.
3. Detalle del domicilio
4. Números patronal y del registro único de contribuyentes, cuando fuere del caso
5. Contrato de maquilado original y copia simple, en caso de haber sido suscrito en el exterior apostillado o consularizado y de ser el caso debidamente traducido (legalizado conforme lo establecido en la Ley de Modernización del Estado, Privatización y Prestación de Servicios).
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
EN LÍNEA:
1. Ingresar a https://www.gob.ec/tramites/7295/webform en el botón «Ir al Trámite en Línea» y llenar el formulario.
2. En el transcurso de 15 días se dará respuesta a su requerimiento, mediante correo electrónico indicado en el formulario en línea.
PRESENCIAL:
1. Presentar la solicitud y documentos habilitantes en base a lo establecido en el Texto Unificado de Legislación del Ministerio de Industrias y Productividad, Título V de la Maquila, artículo 73, en Secretaría General o en Direcciones Zonales del MPCEIP.
2. Recibir el Acuerdo emitido por la Subsecretaría de Competitividad Industrial y Territorial mediante oficio a través del sistema de gestión documental (Quipux), correo electrónico o de ser el caso de manera presencial en la oficina matriz o en las Direcciones Zonales del MPCEIP, una vez culminado el procedimiento.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/7295/webform
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Matriz – Guayaquil: Malecón entre Av. 9 de Octubre y P. Icaza, Edif. La Previsora – Piso 15 y 18; Lunes a viernes de 08h30 a 17h00.
Contacto
Nombre: Rosa Martínez
Teléfono: 042591370 ext. 5030
Correo: rmartinezg@produccion.gob.ec
