El Ministerio del Trabajo a través de sus ventanillas de atención en las Direcciones Regionales de Trabajo y Servicio Público, sus oficinas técnicas y mediante los medios virtuales dispuestos, receptan la solicitud para registrar la directiva de organizaciones sociales, fundaciones y microempresas asociativas, una vez que las organizaciones obtengan la aprobación de la personalidad jurídica.
Beneficiarios
Persona natural o jurídica que tiene derecho a percibir servicios públicos amparados bajo la Constitución de la República del Ecuador, los cuales para el siguiente trámite son:
- Organizaciones sociales:Se definen como el conjunto de formas organizativas de la sociedad, a través de las cuales las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, tienen derecho a convocarse para constituirse en una agrupación humana organizada, coordinada y estable, con el propósito de interactuar entre sí y emprender metas y objetivos lícitos para satisfacer necesidades humanas, para el bien común de sus miembros y/o de la sociedad en general, con responsabilidad social y en armonía con la naturaleza, cuya voluntad, se expresa mediante acto constitutivo, colectivo y voluntario de sus miembros y se regula por normas establecidas para el cumplimiento de sus propósitos.
- Fundaciones: Podrán ser constituidas por la voluntad de uno o más fundadores, debiendo en el último caso, considerarse en el estatuto, la existencia de un órgano directivo de al menos tres personas. Estas organizaciones buscan o promueven el bien común de la sociedad, incluyendo las actividades de promocionar, desarrollar e incentivar dicho bien en sus aspectos sociales, culturales, educacionales, así como actividades relacionadas con la filantropía y beneficencia pública
- Microempresas asociativas: Son entidades jurídicas conformadas por un conjunto de personas, que participan de manera igualitaria en la propiedad, gestión y utilidades de la misma; y que están constituidas bajo cualquiera de las modalidades de organización legalmente permitidas en el país.
Requisitos Obligatorios
Requisito para realizar el trámite presencial:
PRIMERA DIRECTIVA:
1. Solicitud de registro de directiva de la organización social
, dirigido al Director Regional de Trabajo y Servicio Público de acuerdo al domicilio de la organización.
2. Convocatoria a la Asamblea General
, suscrita por el presidente provisional (la cual deberá estar dentro del plazo de los 30 días posteriores a la obtención de personería jurídica)
3. Acta de la Asamblea General
en la que conste la elección de la directiva, certificada por el secretario provisional de la organización.
RENOVACIÓN DE DIRECTIVA POR FENECIMIENTO DE PERIODO O CAMBIO DE DIGNIDADES:
1. Solicitud de registro de directiva de la organización social
, dirigido al Director Regional de Trabajo y Servicio Público de acuerdo al domicilio de la organización (la cual deberá estar dentro del plazo de los 30 días, contados a partir de la elección de la nueva directiva)
2. Convocatoria a la Asamblea General
, suscrita por el presidente saliente o conforme al estatuto de la organización.
3. Acta de la Asamblea General
en la que conste la elección de la directiva, certificada por el secretario, cuyo procedimiento será conforme al estatuto de la organización.
Requisitos para realizar el trámite en línea:
1.
Registrar el número de cédula para completar campos de validación en el formulario.
2.
Anexar los requisitos anteriormente mencionados en formato pdf.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Para realizar el trámite en el Ministerio del Trabajo de forma presencial el usuario deberá seguir los pasos que se detallan a continuación:
1. Presentar la solicitud de registro dirigida al Director Regional de Trabajo y Servicio Público.
2. Recibir la respuesta por parte del Ministerio del Trabajo, por el medio de notificación seleccionado.
Para realizar el trámite en línea en el Ministerio del Trabajo, el usuario deberá seguir las actividades que se detallan a continuación:
1. Llenar el formulario del ítem
Ir a trámite en línea
.
2. Anexar al formulario todos los requisitos.
3. Recibir respuesta por parte del Ministerio del Trabajo, mediante correo electrónico.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/1629/webform
Costo
N/A
Vigencia
El tiempo de validez varia de acuerdo a lo que se establece en el estatuto mínimo 1 año, máximo 4 años.
Horario
Para cualquier consulta puede hacerlo de lunes a viernes de 08h00 a 16h45 en las oficinas de todo el país.

Contacto
Nombre: Dirección de Contacto Ciudadano
Teléfono: 1800266822
Correo: informacion@trabajo.gob.ec
