Recurso administrativo mediante el cual un ciudadano extranjero puede impugnar la respuesta negativa o la inadmisión a la solicitud de la Condición de Refugiado y Apátrida.
Beneficiarios
Recurso Administrativo de Reposición tiene como beneficiarios a las personas extranjeras que tengan una respuesta negativa a su solicitud, hayan sido inadmitidos a trámite respecto al proceso de determinación de la condición de refugio.
Requisitos Obligatorios
Escrito de Recurso Administrativo de Reposición
Contar con un e-mail personal
Iniciaron con su proceso hasta el 07 el julio del 2018
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
El trámite se realiza e
n línea:
Ir a TRÁMITE EN LÍNEA de esta página
Llenar el formulario con los campos solicitados.
La Dirección se comunicará con ustedes de acuerdo a su requerimiento por correo electrónico.
Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:
Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el
Tipo de Identificación;
si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres.
En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos.
Ejemplo
: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/7443/webform
Costo
N/A
Vigencia
2 meses
Horario
Ecuador – Direcciones Zonales:
Lunes a viernes de 08h30 a 17h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://…
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Contacto
Nombre: Dirección de Protección Internacional
Teléfono: 02-2993200 ext 12541-12542.
Correo: dpin@cancilleria.gob.ec
