Recurso administrativo de apelación

Recurso administrativo mediante el cual un ciudadano extranjero le asiste el derecho a impugnar una resolución en caso de no estar conforme con dicha resolución..

Beneficiarios

Personas extranjeras que tengan una respuesta negativa a su solicitud,  o aquellas solicitudes que hayan sido inadmitidas a trámite, por parte del Estado ecuatoriano con respecto al proceso de determinación de la condición de refugio.

Requisitos Obligatorios

Escrito de apelación, conforme los requisitos establecidos dentro del Código Orgánico Administrativo.

Contar con un e-mail personal.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

El trámite se realiza e
n línea:

Ir a TRÁMITE EN LÍNEA de esta página

Llenar el formulario con los campos solicitados.

La Dirección se comunicará con ustedes de acuerdo a su requerimiento por correo electrónico.

 

Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:

Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el
Tipo de Identificación;
si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres. 
En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos. 

Ejemplo
: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/3487/webform

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Ecuador –  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://…
;

En caso de consultas, puede comunicarse al teléfono 022-993-200 y escoger la extensión de acuerdo a su lugar de residencia:

Azogues: 18004 – 18008

Esmeraldas: 14070 -14071-14074

Ibarra: 14050-14051-14052

Guayaquil: 13023-13024

Quito: 23035 – 23036

Tulcán: 14005 -14013

Contacto

Nombre: Dirección de Protección Internacional
Teléfono:
Teléfono 022993200 Quito: Ext. 23035 – 23036
Correo: dpin@cancilleria.gob.ec