PARTICIÓN EXTRAJUDICIAL Y ADJUDICACIÓN

La partición de herencia es un procedimiento por el cual se pone fin a la comunidad hereditaria, sustituyendo la cuota abstracta que tenía cada heredero en la herencia por la titularidad de bienes y derechos concretos a favor de cada uno de ellos.

Beneficiarios

A este trámite pueden acceder cualquier Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera que desee inscribir este contrato mismo que versa sobre la totalidad del inventario sin recurrir al procedimiento judicial 

Requisitos Obligatorios

DOCUMENTOS QUE DEBE SUBIR EN LA SOLICITUD DEL TRÁMITE:

Formulario «Conozca su Cliente» Personas Naturales y Jurídicas (descargarlo de la página web institucional y presentarlo lleno) 
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Segunda copia certificada de escritura a ser inscrita.

Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 60 DÍAS) 
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Catastrar exoneración o pago por refundición.

Carta de pago del impuesto predial del año en curso.

Cláusula con avalúo general e individual del o los inmuebles.

En una Partición Extrajudicial, deben constar todas hijuelas partitorias.

Si se trata de herederos deberá presentar el pago del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones; formulario 108 y anexo emitido y sellado por el SRI, en original o en copia certificada, de cada heredero que comparece y por cada causante o el certificado liberatorio por prescripción o exoneración respectiva. (Art. 36 LORTI y Art. 54 Reglamento LORTI)

Verificar que entre la escritura y el certificado catastral actualizado no haya diferencia en el área; así mismo verificar que el inmueble tenga dimensiones y referencias en los linderos y superficie total.   En los casos indicados y en caso de haber excedentes y diferencias, antes de realizar la nueva escritura de traspaso de dominio, deberá sujetarse al trámite de la Ordenanza 008 -2019 del Cantón Rumiñahui y Art. 481 del COOTAD.

Certificación catastral de los inmuebles partidos y adjudicados.

Requisitos Especiales

En la escritura debe constar:

  • Cláusula que faculte la inscripción en el Registro de Rumiñahui. (Art. 41 de la Ley de Registro)

 

  1. a) EN CASO DE BIENES DECLARADOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
  • Certificado de Expensas que indique estar al día en los pagos correspondientes al mes que solicita la inscripción. (Obtener en el edificio y/o conjunto habitacional donde se encuentra el inmueble).
  • Nombramiento y copia de cédula del administrador del edificio y/o conjunto habitacional o Declaración Juramentada de que no se ha nombrado Administrador y exime de responsabilidad al Registrador de la Propiedad.

En la escritura debe constar:

  • Cláusula de sometimiento a la Ley de Propiedad Horizontal, a su Reglamento y al Reglamento interno de copropiedad.  

Procedimiento

Pasos:

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En la pestaña de INSCRIPCIONES elija INSCRIPCIONES.

Selecciones el botón nuevo.

Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace: 
(Tutorial)

Trámite en Línea

https://foru.rpmr.gob.ec/FolioReal-PROPIEDAD-Web/

Costo

Los valores a cancelar estarán en la plataforma en línea FORU y se enviarán al correo electrónico registrado en el sistema en línea.

Vigencia

N/A

Horario

DIRECCIÓN: Av. Luis Cordero N° 377 y Av. General Enríquez, C.C. River Mall

 

ATENCIÓN:

De lunes a viernes

HORARIO HABITUAL

CAJA – RECAUDACIÓN

08H00 a 15h30

INGRESO Y REINGRESO DE ESCRITURAS:

08h00 a 16h30

TELÉFONOS: 6021-600

WhatsApp: 0990319752

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Pá…
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