Pagos de Impuesto a las Alcabalas del Cantón Salitre.

Es un impuesto que establece la Ley (COOTAD), a las transferencias o traspaso del derecho de propietario de bienes inmuebles (lotes, departamentos, casas, parqueaderos, etc.)

Beneficiarios

Este trámite está dirigido a todos los Ciudadanos mayores de 18 años de edad, naturales o jurídico que necesiten de este tipo de tramite emitido por el Área de tesorería del GADM de Salitre.

Requisitos Obligatorios

1. Copia de la minuta y el aviso de la notaria.     

2. Copia de Cédula de Ciudadanía del (los) vendedores y compradores.                          

3. Copia del impuesto predial del periodo actual.                                        

4. Copia del Certificado de Avalúo.                          

5. Copia de la Ficha Registral.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

1. Acudir a la ventanilla de rentas con los requisitos establecidos para el pago del impuesto a las alcabalas  

2. Se realiza el pago del impuesto según el calculo realizado por el oficinista 

3. Se entrega el titulo de crédito por el pago del impuesto a la alcabalas al usuario en la misma ventanilla.

Trámite en Línea

N/A

Costo

1% de el avalúo o la cuantía del contrato 

30% del impuesto causado (Junta de Beneficiencia)

0.1% del impuesto caudado (Prefectura )

Vigencia

N/A

Horario

Municipio de Salitre – Juan Montalvo S/N entre Sucre y Bolívar

08H00 a 12H00  

13H00 a 17H00

Contacto

Nombre: Secretaría General
Teléfono: 044697300
Correo: antencionciudadana@salitre.gob.ec