El GADM – PASTAZA con el objetivo de bridar la atención oportuna en el trámite que se va a realizar IMPUESTO de RODAJE MUNICIPAL, Comenzando un año se deberá pagar el impuesto correspondiente al mismo, aun cuando la propiedad del vehículo hubiere pasado a otro dueño, quién será responsable si el anterior no lo hubiere pagado.
Previa la inscripción del nuevo propietario en la jefatura de tránsito correspondiente se deberá exigir el pago de este impuesto, a través de la Unidad de Rentas.
Beneficiarios
Todo propietario de todo vehículo deberá satisfacer el impuesto anual que se establece en el COOTAD, como Impuesto a los Vehículos (RODAJE).
La base imponible de este impuesto es el avalúo de los vehículos que consten registrados en el Servicio de Rentas Internas y en los organismos de tránsito correspondientes.
Requisitos Obligatorios
Pago del impuesto de matricula (banco o cooperativa).
Matrícula del vehículo original o copia.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Se recepta en la Unidad de Rentas la matrícula del vehículo.
Adjuntar los requisitos obligatorios, e ingreso por ventanilla.
Se procede a ingresar la información y generar el impuesto de rodaje.
El usuario debe acercarse a recaudación y proceder a pagar
Trámite en Línea
N/A
Costo
De acuerdo al Art. 538 y 539 del COOTAD
Vigencia
1 año fiscal
Horario
OFICINA DE RENTAS MUNICIPALES
GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN PASTAZA
FCO. DE ORELLANA Y 9 DE OCTUBRE
DE LUNES A VIERNES DE 08H00 A 16H00
Contacto
Nombre: Asistente Técnico Rentas
Teléfono: 032994240 ext 244
Correo: rentas@puyo.gob.ec
