Pago del Seguro de Seguros Privados para personas jurídicas

Al momento que una empresa aseguradora del Sector Privado o una Empresa de Seguros Privados es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control pertinente, se activa el Seguro de Seguros Privados para los ciudadanos personas jurídicas que mantengan sus pólizas vigentes o siniestros pendientes de pago en empresas aseguradoras.

El monto máximo de cobertura para Empresas de Seguros Privados legalmente autorizadas es de 2.000 USD, los mismos que son pagados a través de las oficinas de la COSEDE o entidades del sistema financiero denominados «Agentes de Pago».

Beneficiarios

Los beneficiarios del pago de Seguro de Seguros Privados de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados COSEDE son las personas jurídicas nacionales o extranjeras que mantengan sus pólizas vigentes o siniestros pendientes de pago.

Requisitos Obligatorios

Consulte su punto de cobro en este link: 

Consulta Beneficiarios: Seguros Privados

A través del agente de pago

Copia certificada del nombramiento del Representante Legal inscrito en el Registro Mercantil.

Original del Registro Único de Contribuyentes – RUC (vigente).

Original de la cédula de ciudadanía del representante legal (vigente).

Oficinas de la
Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados

COSEDE

Copia certificada del nombramiento del Representante Legal inscrito en el Registro Mercantil.

Original del Registro Único de Contribuyentes – RUC (vigente).

Original de la cédula de ciudadanía del representante legal (vigente).

Certificado bancario de cuenta activa.

Requisitos Especiales

  1. En caso de que los representantes legales sean ciudadanos extranjeros, original del pasaporte (vigente).

      Tercero autorizado por el Beneficiario o Asegurado para el cobro del seguro:

  1. Poder especial o general suficiente para proceder con el cobro de seguro de seguros privados, en donde se mencione de forma expresa la autorización para el cobro del seguro de seguros privados. Si el Poder ha sido otorgado 3 años antes del cobro se requiere una certificación del Notario de que se encuentre vigente.

Procedimiento

Una  vez que la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados definir el mecanismo para realizar los pagos, de acuerdo a los siguientes pasos:

Modalidad en línea: 

Ingresar en esta página en la opción «Trámite en Línea» y completar el formulario

En el transcurso de 2 días laborables mediante correo electrónico se le informará la aceptación de su solicitud o si requiere hacer alguna subsanación de la misma

* Considerar, en los casos en que el liquidador o las entidades del sistema financiero nacional hayan reportado a la COSEDE la cuenta bancaria del beneficiario o asegurado para transferir el valor asegurado, no se requiere que el beneficiario o asegurado acuda a las oficinas de la COSEDE a realizar el trámite descrito anteriormente, por cuanto el pago se acreditará directamente a la cuenta bancaria reportada.

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/13840/webform

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Dirección: Av. Amazonas entre Unión Nacional de Periodistas y Alfonso Pereira (Quito, Ecuador) Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera Bloque 4 piso 9

Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

Contacto

Nombre: Unidad de Mecanismo de Seguridad Financiera
Teléfono: (+593) 2 3960340 ext.2247
Correo: pagodelseguro@cosede.gob.ec