Pago de Impuesto a las Utilidades en la Transferencia de predios urbanos

Son sujetos de la obligación tributaria a la que se refiere este capítulo, los que como dueños de los predios, los vendieren obteniendo la utilidad imponible y por consiguiente real, los adquirentes hasta el valor principal del impuesto que no se hubiere pagado al momento en que se efectuó la venta.

Beneficiarios

Lo descrito anteriormente. Persona Natural- Ecuatoriana, Persona Natural-Extranjera.  Son sujetos de la obligación tributaria a la que se refiere este capítulo, los que como dueños de los predios, los vendieren obteniendo la utilidad imponible y por consiguiente real, los adquirentes hasta el valor principal del impuesto que no se hubiere pagado al momento en que se efectuó la venta.

Requisitos Obligatorios

1. Copia del pago del impuesto predial actualizado.

2. Copia de escritura donde señale año de compra venta o adjudicación y cuantía del bien inmueble.

3. Certificado de no adeudar de los que intervienen en la compra venta.

 

Requisitos Especiales

Sin requisitos especiales.

Procedimiento

El usuario debe acercase al área de recaudación para realizar el pago de certificado de no adeudar y posteriormente a la Unidad de Rentas
, con los requisitos habilitantes los mismos que serán validados, para proceder a generar el respectivo título de crédito, el mismo que deberá ser cancelado en la Unidad de Tesorería.

 

Trámite en Línea

N/A

Costo

– Certificado de no adeudar al Gobierno Autónomo Municipal de Putumayo USD 1.00 dólar

– El valor del impuesto corresponde al 10% de la base imponible que se determina de acuerdo al valor contractual-vs valor por adjudicación

Vigencia

Cada vez que existe enajenación del bien inmueble

Horario

Puerto El Carmen, Av. Francisco de Orellana y Ecuador, Esquina 

El horario normal es de lunes a viernes, en el horario de 07:30 a 12:00 y de 13:00 a 16:30.

Contacto

Nombre: Ritha Elena Figueroa Hidalgo
Teléfono: 06-2369-021 ext. 122
Correo: rithafigueroa@gmail.com