Otorgamiento o renovación del título habilitante de Operación de Red Privada y Uso de Frecuencias para Troncalizado y Radio de Dos Vías (móvil terrestre, aeronáutico y marítimo)

A través de este trámite que se realice en la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), el usuario podrá obtener el otorgamiento del Título Habilitante de Registro de Operación de Red Privada y Concesión de Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico.

RED PRIVADA

Es aquella red utilizada por personas naturales o jurídicas, en su exclusivo beneficio, con el propósito de conectar distintas instalaciones de su propiedad o bajo su control. Una red privada puede ser utilizada para la transmisión de voz, datos, imágenes o cualquier combinación de éstos. Las redes privadas están destinadas a satisfacer las necesidades propias de su titular, lo que excluye la prestación de estos servicios a terceros.

CONCESIÓN DE USO DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

1. Sistema de radio de dos vías.- es el conjunto de estaciones de radiocomunicación que comparte en el tiempo un canal radioeléctrico para establecer comunicaciones entre sus estaciones. Son sistemas especiales de:

  • Móvil Terrestre,
  • Móvil Aeronáutico y
  • Móvil Marítimo

2. Sistema Troncalizado.- Servicio de tráfico de despacho provisto por medio de sistemas troncalizados, que utilizan múltiples pares de frecuencias, mediante el acceso en forma automática a cualquiera de los canales que estén disponibles.

 

Beneficiarios

Los usuarios que podrán solicitar este trámite a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), podrán ser empresas públicas o instituciones del sector público, personas jurídicas de derecho privado o personas naturales interesadas en obtener el título habilitante para los sistemas:

1. Sistema Radio de Dos Vías

  • Móvil Terrestre,
  • Móvil Aeronáutico y
  • Móvil Marítimo

2. Sistema Troncalizado

Requisitos Obligatorios

Los requisitos para la obtención del título habilitante para la operación de red privada, las personas naturales, jurídicas y empresas del Estado que soliciten el título habilitante de autorización o concesión según corresponda, para la asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico deberán presentar ante la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), la siguiente documentación e información:

Para todos los solicitantes:

Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ARCOTEL, en la cual debe especificar el número de frecuencias, número de canales, áreas de operación y para renovación de contrato indicar la fecha y tomo-fojas.

Formato
 
FO-CTR-01
.
Suscrita por la persona natural, por el representante legal de la persona j
urídica o empresa pública, nombres y apellidos del solicitante, número de documento de identificación
; nombramiento del representante legal; direcciones de contacto y teléfonos, correo electrónico; razón social o denominación objetiva de la persona jurídica, objeto, datos de constitución de la persona jurídica y plazo de duración; y, número de Registro Único de Contribuyentes (RUC);

Copia del documento de designación del representante legal debidamente inscrito ante la autoridad competente.

Declaración de responsabilidad respecto de que los puntos donde se va a instalar la red privada, son de su propiedad arriendo a su favor, anticresis, comodato, etc
.

Declaración de responsable, por la cual el peticionario manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente, para la obtención del título habilitante y para la ejecución del mismo, así como también que la información y documentos que presenta, son verdaderos y que además conoce que de verificarse por la ARCOTEL lo contrario, el trámite y resultado final podrán ser negados.

Para personas jurídicas de derecho privado o
Institución o Empresa Pública
, requisito adicional:

En caso de personas jurídicas, la escritura de constitución, debidamente inscrita y sus modificaciones de haberlas.

Datos de Decreto Ejecutivo, acto normativo: escritura pública y sus modificaciones, en caso de haberlas o la resolución de creación de la Institución o Empresa Pública, según corresponda. Denominación de la empresa pública, institución Pública o razón social o denominación y datos de identificación de su representante legal para personas jurídicas de derecho privado, se indicarán los datos de constitución objeto, y socios y,

Proyecto Técnico:

Sistema Troncalizado:

       – Formularios
FO-DRE-01 – FO-DRE-04;FO-DRE-12;FO-DRE-15;FO-DRE-16

Sistema Radio de dos vías – (móvil Terrestre y móvil Aeronáutico):

      – Formularios Radio de dos vías
HF 
FO-DRE-01 – FO-DRE-05;FO-DRE-15 – FO-DRE-17

      – Aplicativo Radio de dos vías
UHF – VHF 
AVIS

Sistema Radio de dos vías – (móvil Marítimo):

       –
Formularios Técnicos
.

 

Plazos para solicitar la renovación

La solicitud de renovación, deberá ser presentada a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL con por lo menos noventa (90) días calendario de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo del título habilitante que está por concluir.

Requisitos Especiales

  • Para las estructuras que se encuentren dentro de un radio de 500 mts de los Sistemas Navegación Aérea se debe solicitar el Certificado de no afectar a los sistemas de radionavegación aeronáutica emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).   https://www.gob.ec/tramites/4627/webform

    Costo

    El otorgamiento del título habilitante genera derechos por otorgamiento de red privada y concesión de frecuencia del espectro radioeléctrico, de acuerdo con lo siguiente:

    • Derecho de Otorgamiento para la Operación de Red Privada es de $500 “Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico”.
    • Derechos de Concesión por las nuevas frecuencias para sistemas de radio de dos vías y sistemas de Troncalizado: Su cálculo será en función de la duración del título habilitante y de la tarifa mensual de las frecuencias, según lo indican los artículos 30 y 31 del “Reglamento de Derechos por Concesión y Tarifas por Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico”.

    Ejemplo: $ 581.95

    Vigencia

    Las concesiones de frecuencias de Radio de Dos vías (Móvil Terrestres, Móvil Aeronáutico, Móvil Marítimo) y Troncalizado estará vigente hasta la fecha de caducidad del Título Habilitante de Registro de Red Privada y Concesión de uso de Frecuencias. Cabe señalar que la duración del referido Título es de 5 años.

    Horario

    Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en nuestras oficinas ubicadas en:

    Quito, oficina matriz:

    Av. Diego de Almagro entre Whymper y Alpallana

    Quito – Ecuador |
    gestion.documental@arcotel.gob.ec
    |
    comunicacion@arcotel.gob.ec

    Teléfono: 593-2 947 800 – Reclamos consumidor: 1800 567 567

    Coordinación Zonal 3 – Riobamba:

    Estación de Comprobación Técnica

    Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada

    Telf.: 03 262 2020 /21 /22

    Coordinación Zonal 4 – Portoviejo:

    Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana

    Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274

    Coordinación Zonal 5 – Guayaquil:

    Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas

    Telf.: 04 262 6400

    Coordinación Zonal 6 – Cuenca:

    Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma

    Telf.: 072820860

    Oficina Técnica – Galápagos:

    Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz

    Telf.: 05 252 4769

    Oficina Técnica – Loja:

    Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo

    Telf.: 07 282 0860 ext. 4202

    Así también, sus requerimientos pueden remitirse al correo electrónico
    gestion.documental@arcotel.gob.ec
    .

    Contacto

    Nombre: CENTRO DE ATENCION AL USUARIO ARCOTEL
    Teléfono: (593-02) 2 947 800
    Correo: comunicacion@arcotel.gob.ec