Revisar, aprobar y legalizar los estatutos de las organizaciones que dan el servicio de riego y drenaje para otorgar su reconocimiento legal y de esta manera ser los responsables de garantizar el abastecimiento oportuno, permanente y equitativo del agua para riego.
Beneficiarios
Los beneficiarios de la obtención de la personería jurídica para las Juntas de Riego y Drenaje son considerados los siguientes:
– Persona naturales: los ciudadanos ecuatorianos.
– Persona jurídica: Entidades Públicas o Comunitarias.
Requisitos Obligatorios
Según el Decreto 193 de 23 de octubre de 2017, l
os requisitos que deben presentar las Juntas de Riego y Drenaje son:
1.- Solicitud
de aprobación del estatuto y de reconocimiento de la personalidad jurídica firmada por el representante de la organización
2.- Acta de la Asamblea General Constitutiva de la organización en formación, suscrita por todos los miembros fundadores certificada por el secretario provisional de la organización y que contendrá:
a) Nombre de la organización;
b) Nombres y apellidos completos, nacionalidad y número del documento de identidad de cada uno de los miembros fundadores;
c) Voluntad de los miembros fundadores de constituir la misma;
d) Fines y objetivos generales que se propone la organización;
e) Nómina de la directiva provisional;
f) Nombres, apellidos y número del documento de identidad de la persona que se hará responsable de realizar el trámite de legalización de la organización, teléfono, correo electrónico y domicilio donde recibirá notificaciones;
g) Estatutos aprobados por la asamblea; y,
h) Indicación del lugar en que la organización social, en proceso de aprobación de la personalidad jurídica, tendrá su domicilio, con referencia de la calle, parroquia, cantón, provincia, número de teléfono, fax, o dirección de correo electrónico y casilla postal, en caso de tenerlos.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
El proceso que deben seguir las Juntas de Riego y Drenaje es:
1.- Presentar la solicitud de otorgamiento de personería jurídica dirigida al Director Zonal adjuntando los requisitos establecidos.
2.- Recibir la resolución de aprobación del estatuto y otorgamiento de personería jurídica de la Juntas.
Trámite en Línea
N/A
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Para el trámite el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00.
A continuación se indican las direcciones de los puntos de atención:

Contacto
Nombre: Mesa de ayuda
Teléfono: (02) 3987 600, ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006
Correo: mesadeayuda@ambiente.gob.ec
