Trámite dirigido a personas naturales, a GAD municipales, a entidades públicas o privadas que desean obtener permisos para realizar eventos o espectáculos públicos que congregarán a varias personas para presenciar una actuación, representación, exhibición o proyección de naturaleza artística, cultural, deportiva, recreativa, comercial o en general cualquier actividad de esparcimiento, ocio, recreo, empresarial y diversión ofrecida por las y los empresarios, actores, artistas o cualesquiera otra persona o empresa que los promueva y/o represente.
Beneficiarios
Personas naturales nacidas en territorio ecuatoriano y que cumplan con los requisitos de ciudadanía, es decir, el ciudadano o ciudadana debe contar con una edad igual o mayor a dieciocho años (18) y personas jurídicas legalmente constituidas
Requisitos Obligatorios
1. Cédula
2. Permiso de uso del espacio público
3. Permiso del cuerpo de bomberos
4. Plan de contingencia.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Para realizar el trámites presencial, los requisitos
para la obtención de la autorización del espectáculo público, son los siguientes:
1. Formulario de solicitud para evento público previsto en la página web del Ministerio del Interior.
2. Cédula de identidad en caso de personas ecuatorianas y pasaporte para personas extranjeras.
Para el caso de empresas, el Registro Único de Contribuyentes;
3. Contratos artísticos, de sonido y de arrendamiento del local;
4. Autorización de boletaje por parte del municipio;
5. Contrato de impresión de boletos, si fuera aplicable;
6. Autorización de la Secretaría de Cultura o de la autoridad cantonal competente, si fuera aplicable;
7. Autorización del espacio público;
8. Certificación de autorización del Cuerpo de Bomberos;
9. Plan de Contingencia aprobado por la autoridad competente, en concordancia con la normativa
legal vigente del gobierno autónomo descentralizado correspondiente y la del Servicio Nacional de
Gestión de Riesgos y Emergencias;
10. Contrato de prestación de servicios con la empresa de seguridad privada, si fuera aplicable;
11. Póliza de seguros en la que conste el listado del personal que brindará seguridad en el evento,
tratándose de eventos masivos;
12. Permiso de operaciones de la empresa de seguridad privada;
13. Permisos de uso de vía pública, si fuere aplicable;
14. Contrato de prestación de servicio pre hospitalario, si fuera aplicable;
15. Contrato de prestación de servicio de baterías sanitarias, si fuera aplicable; y,
16. Acta de compromiso de fiel cumplimiento de las obligaciones, condiciones y restricciones
establecidas en la respectiva autorización, suscrita por la o el organizador o responsable del evento;
17. en el espectáculo público se tenga programada la comunicación de obras o prestaciones
protegidas por derechos de autor, se deberá presentar también el convenio o licencia que permita su
uso. El convenio o licencia podrá ser otorgado por el titular de las mismas o por intermedio de una
sociedad de gestión colectiva de derecho de autor que tenga su representación.
Los requisitos para la obtención del permiso se deberán presentar por lo menos con treinta días
antes de iniciada la venta de boletos o, en el caso de eventos gratuitos, hasta veinte días al menos
previo al día del evento.
El horario máximo para el desarrollo de los espectáculos públicos autorizados por las Intendencias
Generales de Policía o Comisarias Nacionales, será hasta las 02h00, respetando las ordenanzas
municipales, las condiciones y recomendaciones de seguridad de organismos competentes.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/9212/webform
Costo
N/A
Vigencia
Entra en vigencia a partir de la suscripción del Intendente (previo a la organización del evento) y culmina luego de la realización del evento.
Horario
Oficina de la Secretaría Técnica del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos – Dirección: Av. Charles Darwin y Av. 12 de Febrero
Horario de Atención de lunes a viernes de 08h00 a 17h00.
Contacto
Nombre: Pablo Flores
Teléfono: 05-2520171
Correo: david.flores@gobiernogalapagos.gob.ec
