Las personas naturales o jurídicas, privadas o mixtas, cooperativa, asociativa o comunitaria, nacionales o extranjeras que se encuentren debidamente acreditadas ante la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, pueden importar a consumo los equipos y elementos para ser utilizados exclusivamente en el desarrollo de proyectos de investigación o de innovación social, con exención del pago de todos los tributos al comercio exterior, excepto las tasas por servicios aduaneros.
Así también, el beneficio aplica a personas naturales y jurídicas que realicen donaciones de estos bienes importados a investigadores, institutos de investigación, centros de desarrollo tecnológico, y a sujetos pasivos dedicados exclusivamente actividades de innovación social, reconocidos por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
Beneficiarios
Personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior – OCE, que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente importación de mercancías.
Requisitos Obligatorios
Petición original para obtener la exención de tributos al comercio exterior, suscrita por la máxima autoridad de la entidad solicitante.
Acto administrativo emitido por la autoridad competente, autorizando la importación de equipos y elementos para ser utilizados exclusivamente en el desarrollo de proyectos de investigación o de innovación social.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Para efectos del presente trámite, el usuario puede acogerse a uno de los siguientes procedimientos:
Procedimiento Presencial
1.- Ingresar la solicitud para la obtención de la exoneración de tributos para la importación a consumo de equipos y elementos para ser utilizados exclusivamente en el desarrollo de proyectos de investigación o de innovación social, adjuntando la acreditación ante la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
2.- Recibir Acto Administrativo de exención de tributos para la importación a consumo de equipos y elementos para ser utilizados exclusivamente en el desarrollo de proyectos de investigación o de innovación social.
Procedimiento vía Sistema de Gestión Documental Quipux
1.- Enviar la solicitud para la obtención de la exoneración de tributos para la importación a consumo de equipos y elementos para ser utilizados exclusivamente en el desarrollo de proyectos de investigación o de innovación social, adjuntando la acreditación ante la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
2.- Recibir Acto Administrativo de exención de tributos para la importación a consumo de equipos y elementos para ser utilizados exclusivamente en el desarrollo de proyectos de investigación o de innovación social.
Trámite en Línea
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Costo
NO
Vigencia
NO
Horario
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Contacto
Nombre: Jefatura de Atención al Usuario
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