Obtención de Certificado de No Interferencia con Otras Actividades Portuarias

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la Subsecretaría de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial, de la Unidad de Infraestructura Portuaria de la Dirección de Puertos, garantiza el control de las concesiones para las actividades de maricultura en el Ecuador y certificar que las mismas no tengan interferencia con otras actividades portuarias.

Beneficiarios

Los usuarios que sean ecuatorianos o extranjeros, personas naturales o jurídicas que deseen realizar el trámite en la Subsecretaría de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial, y que cumplan con los requisitos expuestos.

Requisitos Obligatorios

Solicitud dirigida al Subsecretario de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial por parte del Subsecretario de Acuacultura.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

El usuario deberá presentar la solicitud al Subsecretario de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial, por parte del Subsecretario de Acuacultura para que se emita el certificado al usuario solicitante (solicitud inicial a la Subsecretaría de Acuacultura) para que ejerza la actividad de maricultura.

Al interno se realiza el proceso de revisión y validación de la documentación.

La Subsecretaría de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial, enviará el oficio a la Subsecretaría de Acuacultura en el que se adjunta el certificado de no interferencia con otras actividades portuarias.

 

Trámite en Línea

https://web.gestiondocumental.gob.ec/

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Av. del Bombero y Leopoldo Carrera, Edificio Grace, Primer Piso.

Horario de atención lunes a viernes de 08h00 a 17h00.

Guayaquil – Ecuador.

Contacto

Nombre: Unidad de Infraestructura Portuaria
Teléfono: (04) 2 59 2080 ext. 82123 / 82104 / 82120 / 82142
Correo: consultas_sptmf@mtop.gob.ec