Inscripción del convenio de conformación de mancomunidades o consorcios

Este trámite consiste en la inscripción de mancomunidades y consorcios en el Registro Público del Consejo Nacional de Competencias, como modelo de gestión asociativo para el ejercicio de competencias de los gobiernos autónomos descentralizados.

Beneficiarios

Este trámite está dirigido a:

  • Gobiernos Autónomos Descentralizados, que han decidido gestionar sus competencias a través de mancomunidades o consorcios y se encuentran en proceso de legalización.
  • Mancomunidades y consorcios de Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Requisitos Obligatorios

1. Oficio dirigido al/la Secretario/a Ejecutivo/a, solicitando la inscripción de la mancomunidad o consorcio.

2. Original o copia certificada del convenio de conformación de la mancomunidad o consorcio.

3. Original o copia certificada de las resoluciones de los órganos legislativos de los gobiernos autónomos descentralizados miembros, a través de las cuales se aprueba la creación de la mancomunidad o consorcio. En caso de tratarse de gobiernos autónomos descentralizados parroquiales, se deben adjuntar las dos resoluciones dictadas por las juntas parroquiales rurales.

4. Original o copia certificada de la publicación en el Registro Oficial del convenio y las resoluciones.

Requisitos Especiales

No aplica

Procedimiento

INSCRIPCIÓN:

1. Oficio solicitando la inscripción de la mancomunidad o consorcio, al cual se deberán adjuntar los requisitos solicitados a través de la plataforma GOB EC

2. Se revisarán los requisitos entregados al Consejo Nacional de Competencias, a través de la plataforma GOB EC  .

3. De ser necesario Se remitirán notas al administrado a través de la plataforma GOB EC.

4. En caso de que se deban realizar correcciones a los documentos enviados, el  administrado deberá remitir por  correo electrónico los documentos corregidos para su revisión y aprobación-

5. El CNC procederá con la elaboración de un informe; si del informe se desprende la factibilidad jurídica para la inscripción de la mancomunidad o consorcio, se procederá con la inscripción.

6. Para la inscripción de la mancomunidad o consorcio, se elaborará la correspondiente ficha de inscripción

7. El CNC a través de oficio informará de la inscripción de la mancomunidad o consorcio y  remitirá tanto el oficio como la ficha de inscripción al correo electrónico registrado por el administrado.

8. Es importante determinar que si del informe se desprende que no es posible proceder con la inscripción, se elaborará un informe explicando las causas por las cuales no procede la inscripción y se remitirá ese informe a través de un oficio al correo electrónico registrado por el administrado.

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/9206/webform

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Lugar: Consejo Nacional de Competencias, Av. Amazonas entre Juan José Villalengua y Unión Nacional de Periodistas

Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera, Bloque Rojo, Tercer Piso, Ala Sur

Horario de atención: 08h00 a 16h30.

Contacto

Nombre: Erika Mancheno
Teléfono: 02 383 4004
Correo: emancheno@competencias.gob.ec