Inscripción de Testamento CANTÓN – ROCAFUERTE

El trámite de inscripción de Testamento, consiste en inscribir la disposición de bienes que realiza una persona antes de su muerte, para sus herederos o legatarios.

Legatario: Es aquella persona particular, que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.

Heredero: Persona que recibe los bienes, el dinero o los derechos y obligaciones de una persona cuando esta muere.

Beneficiarios

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero o legatario de los bienes dejado por la persona fallecida mediante testamento.

Requisitos Obligatorios

Pago del arancel por el servicio de inscripción a favor del Registro de la Propiedad del Cantón Rocafuerte a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección «Costos».

Escritura de Testamento (dos copias)

Partida de defunción

Impuesto a la herencia

Requisitos propios del Registro de la Propiedad – GAD

Certificado de no adeudar al Municipio

Certificado Catastral actualizado

Pago del impuesto predial

Requisitos Especiales

En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita.

Certificado de Gravamen o de bienes otorgado por el Registro de la Propiedad en el caso de que tenga bienes inmuebles.

Procedimiento

TRÁMITE EN LÍNEA:

Ingresar en la opción «trámite en línea».

Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.

Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).

Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.

Pagar a favor del Registro de la Propiedad del Cantón Rocafuerte, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.

Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).

Recibir por medio de correo electrónico el titulo de credito emitida por el Registro de la Propiedad.

Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.

TRÁMITE PRESENCIAL:

Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad.

Subsanar observaciones (en caso de existir).

Realizar el pago según las formas aceptadas.

Retirar la razón de inscripción.

NOTA:

El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o  la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en  el formulario en línea.

Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).

En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.

El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.

Trámite en Línea

N/A

Costo

El costo se realiza basado en el Art. 32 de la ORDENANZA SUSTITUTIVA PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN ROCAFUERTE.

Aranceles del Registro de la Propiedad: (También los puede encontrar en el Siguiente link 
https://rocafuerte.gob.ec/tabla-de-aranceles/
)

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