Gestión de protección a ecuatorianos en el exterior por retorno asistido y en situaciones de vulnerabilidad

Acompañamiento técnico y seguimiento a ecuatorianos en el Exterior en condición de alta vulnerabilidad, la persona solicitante o a quien se haya identificado como vulnerable, gozará de la protección y atención prioritaria a través de los mecanismos y procedimientos que tenga a su alcance la autoridad. El servicio se brinda a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior conjuntamente con las Direcciones Zonales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad a nivel nacional.

Beneficiarios

El presente trámite esta orientado a todo ciudadano ecuatoriano en condición de vulnerabilidad en el exterior, que cumpla al menos con una de las condiciones del artículo 21 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

Requisitos Obligatorios

Solicitud formal requiriendo el servicio dirigida al/la Viceministro/a de Movilidad Humana;

Original del documento de identidad u original y copia pasaporte del solicitante del servicio; y,

Cualquier documento de identificación de la persona en vulnerabilidad, sujetos a validación.

Requisitos Especiales

  • En caso de que el solicitante no cuente con ningún documento para acreditar la nacionalidad ecuatoriana, el titular de la Oficina Consular y Direcciones Zonales deberá verificar la nacionalidad del solicitante en las bases de datos del sistema informático del Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Procedimiento

El solicitante se acercará a las oficinas consulares / direcciones zonales o en su defecto, se podrá contactar con ellas mediante correo electrónico, vía telefónica u otro medio de comunicación.

La Dirección Zonal, o Consulado, procesa el requerimiento, da seguimiento y registra el caso. Recibirá la información de los avances en el correo electrónico mediante el cual realizó la solicitud.

 

Trámite en Línea

N/A

Costo

N/A

Vigencia

Este proceso abarca desde la recepción del requerimiento hasta la coordinación conjunta con las instituciones competentes y las Oficinas Consulares. La resolución del caso deberá efectuarse en un término de 15 días a partir de la fecha en la cual se receptó la solicitud.

Horario

Ecuador –  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://…
;

 

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: