El informe técnico de control de edificaciones constituye la verificación y constatación del cumplimiento de normas administrativas y reglas técnicas estipuladas en las Ordenanzas Metropolitanas vigentes a la fecha de emisión de las licencias de construcción, de proyectos constructivos que se desarrollaron en el Distrito Metropolitano de Quito, destacándose que las tareas de inspección realizadas al objeto arquitectónico son de carácter visual y se basan en la apreciación de signos externos visibles en la construcción, ya que la Agencia Metropolitana de Control no realiza ensayos o pruebas para detección de posibles vicios ocultos durante la construcción.
En el caso de ser favorable, el Administrado procederá a la obtención de la Licencia de Habitabilidad y la correspondiente devolución de los fondos de garantía de fiel cumplimiento de lo licenciado en la Administración Zonal.
En caso de que existiesen inconsistencias entre lo licenciado y construido, se genera un informe con observaciones, para efectos de rectificación y/o registro de las mismas por parte del Administrado, y/o inicio de un proceso administrativo sancionador, según corresponda.
Beneficiarios
Todos los Administrados públicos o privados con o sin personería jurídica que desarrollen procesos constructivos dentro del Distrito Metropolitano de Quito, deben cumplir con el ordenamiento jurídico metropolitano establecido y obtener el certificado/licencia que acredite dicha condición.
Requisitos Obligatorios
Formulario N°11 llenado y firmado
https://agenciadecontrol.quito.gob.ec/images/archivos/formularios2023/4Formulario_11_cntrl_edif_garantias.pdf
Informe de Regulación Metropolitana IRM
Acta de Licencia de Construcción
Acta de Registro y Aprobación de planos
Informe correspondiente del cumplimiento de las disposiciones del Cuerpo de Bomberos en los casos señalados en la regulación vigente.
Juego de Planos sellados en formato digital .pdf
Requisitos Especiales
- En proyectos que tengan instalaciones centralizadas de gas (GLP) previo al Control Final, debe presentar el Certificado de Idoneidad por parte del Cuerpo de Bomberos.
- Informe correspondiente del cumplimiento de las disposiciones del cuerpo de bomberos en los casos señalados en la regulación vigente.
- Declaratoria de Propiedad Horizontal.
- Nombramiento Representante Legal (persona jurídica).
- Replanteo vial.
- Borde de quebrada.
- Nivel natural del terreno.
- Licencia de Reconocimiento de la Construcción Informal o Aprobación de planos de edificación.
- Permiso(s) de adosamiento notariado(s).
- Informe de Aviación Civil para proyectos ubicados dentro del cono de aproximación.
- Informe de impacto a la circulación de tráfico y propuestas de mitigación para los predios ubicados en vías principales y esquinas de cruce vial.
Procedimiento
El ciudadano se acerca a la ventanilla de atención de la Administración Zonal a la cual pertenece el predio y solicita la atención para control de procesos de edificación del suelo (con licencia de construcción y fondo de garantía).
El ciudadano deberá llenar el Formulario N° 11 de Solicitud de Control de Edificaciones y lo presenta junto con los requisitos establecidos en la ventanilla.
La Administración Zonal genera el Acta de Control de Edificaciones y envía esta información a la Agencia Metropolitana de Control (AMC).
La Dirección de Inspección de la AMC programa la inspección y en base a los resultados se genera un informe que retorna a ventanilla de la Administración Zonal donde inició el trámite.
Trámite en Línea
N/A
Costo
Las Inspecciones técnicas por habitabilidad devengan una tasa por servicios administrativos que se cobra al emitir el Acta de Control de Edificaciones en la Administración Zonal.
Vigencia
El informe emitido no caduca y avaliza exclusivamente el cumplimiento de la norma mínima arquitectónica vigente a la fecha de la emisión de la licencia de construcción y las condiciones mínimas de habitabilidad a la fecha emisión del informe.
Horario
Lugar de Atención: Ventanillas de Administraciones Zonales correspondientes a la ubicación del predio a inspeccionar.
Horario: Lunes a Viernes de 08:00 a 16:30 horas.
Contacto
Nombre: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952310
Teléfono: 1800 510 510
Correo: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
