Este trámite consiste en la emisión de resolución financiera para aplicación de exoneración de impuesto 1.5 por mil sobre los activos totales para instituciones enmarcadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 544 del COOTAD
Beneficiarios
Los beneficiarios son todos los ciudadanos, persona jurídica privada o pública, ecuatoriana o extranjera; contribuyentes que se encuadren en el artículo 554 del COOTAD y que realizan actividades económicas en el cantón Daule y que están obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con lo que dispone la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su Reglamento.
Requisitos Obligatorios
Presentar en ventanilla cédula de ciudadanía del representante legal
Tasa de Trámite para Dirección Financiera ($3.00)
Formulario de solicitud dirigida a la Dirección General Financiera Municipal
Copia del nombramiento debidamente inscrito ante órgano competente
Copia de Ruc actualizado de la institución
Copia del Acuerdo Ministerial de creación de la entidad
Copia de la última codificación de estatutos vigente y demás documentos habilitantes
En caso de renovación de exoneración, adjuntar copia de la última Resolución otorgada
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Presentación de documentos original y copia personales de acuerdo a los requisitos del trámite en las ventanillas del GAD de Daule
Validación de conformidad de documentos,
Análisis de caso por el Departamento Jurídico Financiero
Elaboración de resolución,
Entrega de resolución
Trámite en Línea
N/A
Costo
| Tasa administrativa $3,00 |
Vigencia
Hasta el 31 de diciembre de cada año
Horario
| Edificio Principal – Cabecera Cantonal Padre Aguirre 703 y Sucre De 8H00 a 17H00
Sede Alterna Parroquia Urbana Satélite La Aurora Av. León Febres Cordero, Entrada Casa Laguna De 8H00 a 17H00 |
Contacto
Nombre: DIRECCIÓN FINANCIERA – UNIDAD DE GESTIÓN JURIDICA FINANCIERA
Teléfono: N/A
Correo: fcarbaca@daule.gob.ec
