El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado a otorgar el permiso y registro de operación de ductos principales y secundarios, oleoductos, gasoductos, poliductos, para que pueda iniciar su actividad.
Beneficiarios
Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejecuten actividades hidrocarburíferas en el Ecuador.
Requisitos Obligatorios
Fase 1:
1. Solicitud en línea para el Control y fiscalización a la construcción de ductos (incluye variantes), debidamente lleno junto con los siguientes requisitos establecidos:
2. Autorización de construcción correspondiente
3. Trazado del ducto en formato KMZ
4. Planos del proyecto
5. Cronograma de ejecución de la construcción
6. Comprobante de pago, efectuado con el código 1301121709, 1301121710 en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables por concepto de “Control y Fiscalización de Construcción de Ductos (Incluye variantes)”. No aplica para reparaciones o reemplazos.
Solventar las observaciones y/o requisitos faltantes, que la Agencia notificará mediante oficio, en caso de existir.
El solicitante recibirá en la dirección registrada de correo electrónico y Quipux, la respuesta a la solicitud pertinente.
Fase 2:
1. Solicitud en línea para el “Permiso de Operación de Ductos” (Incluye variantes), debidamente lleno junto con los siguientes requisitos establecidos:
2. Póliza de seguro vigente
3. Liberación del derecho de vía
4. Planos AS-BUILT del proyecto
5. Dossier de calidad
6. Plan de manejo de integridad del ducto
7. Certificaciones técnicas conforme establece la Agencia
8. Comprobante de pago, efectuado con el código 1301121711, 1301121712, en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, por concepto de “Permiso y Registro de Operación de Ductos Principales o Secundarios”, no aplica para reparaciones, reemplazos o variantes.
9. Comprobante de pago, efectuado con el código 1301121713 en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, por concepto de “Aprobación de pruebas hidrostáticas y ensayos no destructivos de variantes y reemplazos de ductos principales y secundarios”.
Solventar las observaciones y/o requisitos faltantes, que la Agencia notificará mediante oficio, en caso de existir.
El solicitante recibirá en la dirección registrada de correo electrónico y Quipux la respuesta a la solicitud pertinente.
Requisitos Especiales
Procedimiento
Pasos a seguir en línea:
El Usuario accede al trámite mediante la opción
“Ir al trámite en línea”
que se encuentra en la presente página
Llena los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
Adjuntar los requisitos en los campos establecidos.
Recibe una notificación del Sistema como constancia de envío de solicitud.
El Usuario deberá estar atento a las notificaciones en caso de existir observaciones a su solicitud
Recibirá en la dirección registradas el Permiso y registro de operación de oleoductos principales y secundarios, en caso de emitirse.
Pasos a seguir de manera presencial:
Descargar el Formulario DCTH-TA-FT-011 o Formulario DCTH-TA-FT-012 (según sea el caso), disponible en
«FORMATOS/ANEXOS»
de este portal o en la página WEB de la Agencia.
Ingresar por ventanilla en la Agencia el formulario debidamente lleno, junto con los requisitos establecidos.
Solventar las observaciones y/o requisitos faltantes, que la Agencia notificará mediante oficio, en caso de existir.
Recibir vía Quipux y mensajería, la respuesta a la solicitud pertinente.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/11105/webform
Costo
Ductos Principales: USD 10.000,00
Ductos secundarios: USD 5.000,00
Valores fijos correspondientes a las tasas por los servicios de regulación, control y administración que presta la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, según Resolución No. 002-DIRECTORIO-ARCH-2012 publicada en Registro Oficial No. 574 vigente a partir del 27 de agosto de 2015.
El Pago debe realizarse con el código 1301121709, 1301121710, 1301121711, 1301121712 o 1301121713 (según sea el caso) en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.
Vigencia
El tiempo de funcionamiento del ducto.
Horario
Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales o Direcciones Distritales según su jurisdicción.
Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 a 16h30
Contacto
Nombre: Ricardo Lomas
Teléfono: 3996 500
Correo: ricardo.lomas@controlrecursosyenergia.gob.ec
