Emisión de resolución de aprobación de construcción, operación y registro de tanques de hidrocarburos y aguas de formación

El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado a emitir la Resolución para aprobación y autorización de construcción e inicio de operación de tanques de almacenamiento de petróleo, agua de formación, gas natural y combustibles utilizados en las operaciones de explotación y transporte de petróleo y gas natural.

Beneficiarios

Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejecuten actividades hidrocarburíferas en el Ecuador.

Requisitos Obligatorios

1. Formulario electrónico de Aprobación de construcción, operación y registro de tanques de hidrocarburos y aguas de formación en línea.

2. Formulario ARCERNNR-CTRCH-FA-016.

3.Formulario ARCERNNR-CTRCH-FT-022                                           

4. Formulario ARCERNNR-CTRCH-FT-0224.

5.Cronograma de Ejecución.

6. Memoria de diseño e ingeniería.

7. Diseño de sistema de protección catódica y planos.

8. Planos constructivos del tanque.

9. Formulario técnico DCTH-TAP-FT-009.

10. Dossier de calidad.

11. Inspección de seguridad operativa.

12. Comprobante de Pago (Construcción u Operación), efectuado con el código 1301121751, 1301121752  o 1301121753 según corresponda, en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Pasos a seguir de manera presencial o virtual:

La operadora (Empresa Petrolera encargada de la Exploración, Explotación, Industrialización y Transporte de Hidrocarburos), deberá presentar el requerimiento dirigido al Director Ejecutivo, adjuntando los requisitos establecidos en los formatos técnicos DCTH-TAP-FT-008 o DCTH-TAP-FT-009, de ser el caso, los cuales deben constar como respaldos al requerimiento.

Análisis de información por parte de la Institución.

La operadora recibe la comunicación oficial de respuesta emitida por la Institución (entrega en domicilio comercial registrado por la empresa).

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/11100/webform

Costo

Depende de la capacidad de los tanques, existen tres categorías:

1) De 0 – 50.000 bls: USD 1.000,00

2) De 50.001 – 100.000 bls: USD 2.000,00

3) Mayor a 100.000 bls: USD 3.000,00

Valor fijo correspondiente a las tasas por los servicios de regulación, control y administración que presta la  Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables según Resolución No. 002-DIRECTORIO-ARCH-2012 publicada en Registro Oficial No. 574 vigente a partir del 27 de agosto de 2015.

El Pago debe realizarse con el código 1301121751, 1301121752  o 1301121753 según corresponda, en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

Vigencia

N/A

Horario

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales o Direcciones Distritales según su jurisdicción.

Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 a 16h30

Contacto

Nombre: Ricardo Lomas
Teléfono: 3996 500
Correo: ricardo.lomas@controlrecursosyenergia.gob.ec