El Registro de Turismo, es la inscripción del establecimiento turístico en donde se determina la actividad, tipo y categoría, desarrollada por personas jurídicas conforme con el reglamento de Operación e Intermediación Turística (Agencia de Viaje Mayorista, Agencia de Viaje Internacional, Agencia de Viaje Dual y Operador Turístico).
Beneficiarios
Los beneficiarios de este trámite son los usuarios prestadores de servicios turísticos de la actividad de Operación e Intermediación para obtener el Certificado de Registro de Turismo en la clasificación y categoría verificada en la inspección, por parte de Quito Turismo.
Requisitos Obligatorios
1. Solicitud Registro Turístico para Agencias de Viajes.
2. Copia certificada de la escritura de constitución de la compañía, aumento de capital o reforma de estatuto.
3. Copia simple nombramiento del representante legal debidamente inscrito en el registro mercantil.
4. Copia legible y actualizada del Registro Único de Contribuyentes (RUC), con la actividad económica y nombre comercial a registrar.
5. Copia legible y actualizada (vigencia 30 días) Certificado de Búsqueda Fonética de no encontrarse registrada el nombre comercial. Dirección Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI): Av. República y Diego de Almagro – Edificio FORUM 1er. Piso).
Nota: Se recomienda al usuario consultar en Quito Turismo, la verificación del nombre comercial para evitar la repetición o similitudes con nombres de establecimientos ya registrados.
Requisitos Especiales
- Solicitud de Registro para Agencias de Viajes: Descargar el formulario, completar la información de los campos de la solicitud, recopilar la información detallada en el formulario de solicitud. En caso de que el trámite lo realice una tercera persona adjuntar carta de autorización por parte del Representante Legal.
Procedimiento
Procedimiento:
Ingresar los requisitos generales en las ventanillas de Quito Turismo;
Quito Turismo, realizará la verificación en el establecimiento, donde se informará al usuario sobre la actividad turística, tipo y categoría en la que se registra el establecimiento, de acuerdo al Reglamento de Operación e Intermediación Turística.
El usuario podrá retirar el Registro Turístico en Quito Turismo, 10 días posteriores a la emisión del Informe de Verificación de Conformidad. (usuario);
El valor de la Tasa de Turismo, se emite una vez que el establecimiento cuente con las aprobaciones técnicas de los componentes de la Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas “LUAE”. (Quito Turismo- Municipio de Quito);
Verificar el valor de Tasa de Turismo en la plataforma de consulta municipal:
https://pam.quito.gob.ec/Consultaobligaciones/MenuIngresosConsulta.aspx
Este pago se realizará en las instituciones bancarias con las que el Municipio de Quito mantiene convenios para el efecto. (usuario)
Retiro de la LUAE en el caso de establecimiento nuevo. (usuario).
Trámite en Línea
https://pam.quito.gob.ec/PAM/Inicio.aspx
Costo
N/A
Vigencia
De conformidad con el artículo, 47 Reglamento General a la Ley de Turismo. El registro de turismo se efectuará por una sola vez; y, cualquier cambio que se produzca en la declaración inicial deberá notificarse en el caso del Distrito Metropolitano de Quito, a la Empresa Pública Metropolitana de Gestión de Destino Turístico – Quito Turismo, en el plazo de 30 días de ocurrido el hecho.
Horario
Quito Turismo
Pasaje OE3G Río Amazonas N51-20 y calle N50B (Antiguo Aeropuerto)
Horario de atención
Lunes a Viernes 08h30 a 17h30
Contacto
Nombre: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952310
Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510
Correo: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
