Emisión de Permiso de funcionamiento para establecimientos de servicios de alimentación colectiva (Restaurantes/cafeterias y bares escolares)

Trámite orientado a otorgar el permiso de funcionamiento al establecimiento categorizado como restaurante o cafetería, donde se elaboran, expenden y/o sirven alimentos preparados, alimentos de elaboración rápida o precocinada, pudiendo ser fríos y/o calientes que requieran poca preparación, así como el expendio de bebidas alcohólicas y no alcohólicas.

Definición:

Cafetería: establecimiento donde se elaboran, expenden y/o sirven alimentos de elaboración rápida o precocinada, pudiendo ser fríos y/o calientes que requieran poca preparación, así como el expendio de bebidas alcohólicas y no alcohólicas.

Restaurante:  establecimiento donde se elaboran y/o expenden alimentos preparados. En estos establecimientos se puede comercializar bebidas alcohólicas y no alcohólicas. También podrá ofertar servicios de cafetería y, dependiendo de la categoría, podrá disponer de servicio de autoservicio.

Según el Ministerio de Turismo (MINTUR), las cafeterías y restaurantes se clasificarán de la siguiente manera:

  • Las cafeterías se categorizarán en: (2) dos tazas y (1) una taza, siendo (2) dos tazas la mayor categoría y (1) una taza la menor categoría;  
  • Los restaurantes se categorizarán en: (5) cinco, (4) cuatro, (3) tres, (2) dos y (1) un tenedor, siendo (5) cinco tenedores la mayor categoría y un (1) tenedor la menor categoría.

Para efectos de obtención del permiso de funcionamiento, otorgado por la ARCSA, hasta que se efectúe el cambio en el sistema de permisos de funcionamiento de la Agencia; se entenderán como:

  • Establecimientos de lujo o primera categoría a las cafeterías que cuenten con categorización del MINTUR como (2) dos tazas;
  • Establecimientos de segunda, tercera o cuarta categoría a las cafeterías que cuenten con categorización del MINTUR como (1) una taza;
  • Establecimientos de lujo a los restaurantes que cuenten con categorización del MINTUR como (5) cinco tenedores;
  • Establecimientos de primera categoría a los restaurantes que cuenten con categorización del MINTUR como (4) cuatro tenedores;
  • Establecimientos de segunda categoría a los restaurantes que cuenten con categorización del MINTUR como (3) tres tenedores;
  • Establecimientos de tercera categoría a los restaurantes que cuenten con categorización del MINTUR como (2) dos tenedores; y,
  • Establecimientos de cuarta categoría a los restaurantes que cuenten con categorización del MINTUR como (1) un tenedor.

Bares escolares:

 Son establecimientos que se encuentran dentro de las instituciones educativas, atendidos por prestadoras de servicios debidamente contratados y autorizados para la preparación y expendio de alimentos y bebidas, naturales y/o procesados. Los alimentos y bebidas a expenderse por los bares escolares deben ser inocuos y deben contribuir a una alimentación nutritiva, variada y suficiente a sus usuarios. Estos establecimientos deberán presentar el certificado de capacitación en manipulación de alimentos otorgado por el SECAP o la ARCSA.

Punto de Expendio es un local cerrado con una superficie no mayor a seis (6) metros cuadrados, autorizados únicamente para el expendio de alimentos y bebidas naturales previamente preparados y/o procesados; dependiendo de la naturaleza de los alimentos contará con una adecuada cadena de frío que garantice la conservación de los mismos. Este establecimiento se encuentra exento de la obtención del permiso de funcionamiento, pero están sujetos a control y vigilancia sanitaria.

Comedor:

Local cerrado cuyas dimensiones superan los dieciséis (16) metros cuadrados, y que cuenta con equipamiento e infraestructura completa, tanto para la preparación y conservación de alimentos y bebidas como para el consumo de los mismos en sus propias instalaciones; cumpliendo las condiciones normativas vigentes.

Simple:

Son establecimientos cerrados , con una superficie no mayor a dieciséis (16) metros cuadrados, en el cual a más de expenderse alimentos y bebidas procesadas, pueden prepararse y expenderse alimentos y bebidas naturales, cumpliendo las condiciones normativas vigentes.

Alimento preparado: Producto elaborado, semielaborado o crudo, destinado al consumo humano que requiera o no mantenerse caliente, refrigerado o congelado y se expende de forma directa al público para su consumo inmediato.

Comercializar: Dar a un producto condiciones y vías de distribución para su venta. Poner a la venta un producto.

Beneficiarios

El beneficiario de este trámite podrá ser toda razón social que cuente con un Registro Único de Contribuyente (RUC) de persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública o privada.

Requisitos Obligatorios

Contar con un Número de Registro Único de Contribuyentes (
RUC
).

Llenar el formulario de solicitud de permiso de funcionamiento seleccionando la actividad de Restaurantes/Cafeterías, en el sistema
de permiso de funcionamiento (http://permisosfuncionamiento.controlsanitario.gob.ec/).

Requisitos Especiales

Para permiso de funcionamiento para Restaurantes/Cafeterías:

1. Número de Registro Único de Contribuyentes (RUC

2. Contar con la categorización otorgada por el Ministerio de Turismo (Mintur).

Para permiso de funcionamiento para Bares Escolares:

1. Número de Registro Único de Contribuyentes (RUC

2. Contrato de prestación de servicio de expendio de alimentos y bebidas con la institución educativa.

3. Certificado de manipulación de alimentos otorgado por el Servicio Ecuatoriano de capacitación profesional (SECAPARCSA

Procedimiento

Ingresar al sistema de permiso de funcionamiento (
http://permisosfuncionamiento.controlsanitario.gob.ec/
)

Crear usuario y contraseña.

Clic en mis Trámites.

Llenar formulario de solicitud (seleccione las actividades que se encuentran registradas en el mismo establecimiento, es decir en la misma dirección. En caso de tener otra actividad en diferente dirección, por favor solicitar un nuevo permiso de funcionamiento), dar clic en
g
uardar y continuar.

Adjuntar requisitos, cuando aplique; dar clic en
g
uardar y continuar.

Leer y aceptar los términos y condiciones de uso.

Dar clic en solicitar permisos de funcionamiento.

Imprimir la orden de pago. * El Pago deberá realizarse al siguiente día hábil de la creación de la misma.

Efectuar el pago y adjuntar el comprobante (cuando el pago se efectúa en el Banco del Pacífico no necesita adjuntar el comprobante).

Descargar e imprimir el Permiso de Funcionamiento.

Instructivo Externo : 
Instructivo Descriptivo de Establecimientos Sujetos a Vigilancia y Control Sanitario

https://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2019/04/IE-B.3.0-PF-01_Descriptivo-de-establecimientos-sujetos-a-vigilancia-y-control-sanitario_v6.0.pdf

 

Trámite en Línea

http://permisosfuncionamiento.controlsanitario.gob.ec/

Costo

Permiso de funcionamiento para Restaurantes/Cafeterías:

Categoría:14.7.1.1 Lujo                           Coeficiente de cálculo: 30       Costo: $324,00 (no grava IVA)

Categoría:14.7.1.2 Primera Categoría    Coeficiente de cálculo: 25       Costo: $270,00 (no grava IVA)

Categoría:14.7.1.3 Segunda Categoría   Coeficiente de cálculo: 20      Costo: $216,00 (no grava IVA)

Categoría:14.7.1.4 Tercera Categoría     Coeficiente de cálculo: 10      Costo: $108,00 (no grava IVA)

Categoría:14.7.1.5 Cuarta Categoría      Coeficiente de cálculo: 5        Costo: $54,00 (no grava IVA)

Permiso de funcionamiento para Bares Escolares:

Categoría: 14.7.3.1 Comedor   Coeficiente de cálculo: 10    Costo: $108,00 (no grava IVA)

Categoría: 14.7.3.2 Simple       Coeficiente de cálculo: 5      Costo:  $54,00 (no grava IVA)

Vigencia

El permiso de funcionamiento tiene vigencia de 1 año calendario a partir de su emisión.

Horario

ARCSA Planta Central (Ciudadela Samanes, Av. Francisco de Orellana y Av. Paseo del Parque, Parque Samanes, Bloque 5, Guayaquil – Ecuador). Código Postal: 090703.

De lunes a viernes 08h00 a 17h00.

9 Coordinaciones Zonales (https://www.controlsanit…
;).

Contacto

Nombre: Dirección Técnica de Atención al Usuario
Teléfono:
+593 4 3727440
Correo: atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec