Es la autorización que el Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo emite a todo actividad económica para su funcionamiento y que tiene vigencia de un año calendario (1 de enero al 31 de diciembre). Conforme lo establece el art. 349 del Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección contra incendios.
Beneficiarios
Persona Natural-Ecuatoriana; Persona Natural-Extranjera; Persona Jurídica Pública; Persona Jurídico Privada
El Cuerpo de Bomberos del GAD Municipal de Santo Domingo emite la autorización a todo local en funcionamiento que se enmarca dentro de la siguiente categorización:
a) Comercio;
b) Industria y fabriles;
c) Servicios;
d) Salud:
e) Oficinas públicas y privadas;
f) Fundaciones;
g) Instalaciones especiales;
h) Concentración de público;
i) Almacenamiento;
j) Instituciones educativas públicas y privadas; y,
k) Complejos turísticos y otros.
Al incumplimiento en la obtención del permiso de funcionamiento, se aplicará un recargo por mora, dictaminado por los respectivos consejos de administración y disciplina de los cuerpos de bomberos de cada jurisdicción.
Requisitos Obligatorios
Solicitud de servicio (especie valorada).
AutoInspección firmada (Generar en la plataforma de servicios en línea)
Presentar cédula de ciudadanía
Presentar RUC
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
1) El usuario realiza la autoinspección y llena información en la página web del Cuerpo de Bombero del GADM-SD.
2) El usuario imprime la autoinspección y la firma.
3) El usuario presenta la autoinspección firmada en ventanilla.
4) Se emite inmediatamente el Permiso Anual de Funcionamiento.
Trámite en Línea
N/A
Costo
N/A
Vigencia
Un año
Horario
Cuartel General de Cuerpo de Bomberos
Dirección: Coop. Santa Martha Sector 3, Av. Jacinto Cortez y Jorge Icaza
Horario de atención: De Lunes a viernes de 8h00 a 13h00 y de 14h00 a 16h00, sábados de 8h00 a 13h00
Contacto
Nombre: Unidad de Prevención e inenieria de fuego
Teléfono: 02 39395930
Correo: dijimenez@cbsd.gob.ec
