Emisión de pasaporte oficial y de servicio

El pasaporte es el documento oficial de viaje, personal, individual e intransferible, que identifica a una persona y le permite a su titular ingresar, salir y movilizarse dentro y fuera del territorio nacional. El pasaporte oficial y de servicio será conferido por la autoridad de movilidad humana o su delegado en el Ecuador y por las misiones diplomáticas u oficinas consulares a todo ciudadano ecuatoriano incluido en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

Los pasaportes ordinario, diplomático y oficial tendrán una vigencia mínima de diez años de conformidad con el reglamento. Los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales podrán ser usados mientras sus portadores desempeñen las funciones que sustentaron la expedición de tales pasaportes. Concluidas las funciones, dichos pasaportes serán anulados y desactivados.

Beneficiarios

El pasaporte oficial será conferido por la autoridad de relaciones exteriores o su delegado en Ecuador y por las misiones diplomáticas u oficinas consulares de Ecuador en el extranjero, a las siguientes personas:

1. Servidores de las funciones del Estado, el designado por sus instituciones para realizar temporalmente actividades en el exterior;

2. Las y los viceministros y subsecretarios de Estado;

3. Las y los vocales del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral;

4. La persona que ejerza la gerencia del Banco Central;

5. Las autoridades de elección popular de los gobiernos autónomos descentralizados;

6. Las y los gobernadores;

7. A los jefes, oficiales y miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en misión oficial;

8. Las personas delegadas a reuniones internacionales y miembros de misiones especiales, designados mediante decreto ejecutivo o acuerdo ministerial de la máxima autoridad de las relaciones exteriores;

9. Las personas que ejerzan el cargo de rectores de las universidades y escuelas politécnicas;

10. Las y los deportistas de alto rendimiento cuando viajen en representación del Estado ecuatoriano;

11. Las y los artistas, gestores culturales y académicos que viajen al exterior para eventos, conferencias o exposiciones oficiales organizados por Estados, autoridades extranjeras y organismos internacionales, en representación del Estado ecuatoriano;

12. A los funcionarios de las diferentes funciones del Estado y de los gobiernos autónomos descentralizados previa petición suscrita por el titular de la respectiva institución, una vez declarados en comisión de servicio para participar en actos o reuniones de carácter oficial;

13. Al personal ecuatoriano que desempeñe funciones técnicas o administrativas en las misiones diplomáticas u oficinas consulares ecuatorianas;

14. Al personal de servicio doméstico contratado por miembros del servicio exterior ecuatoriano o de funcionarios ecuatorianos de organismos internacionales con funcionarios permanentes en el exterior. La validez del pasaporte en este caso se extenderá hasta quince días posteriores a la conclusión del contrato de trabajo; y,

15. Las demás que establezca el reglamento de la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

Requisitos Obligatorios

Solicitud de la máxima autoridad, en la que se indique la comisión de servicios, tiempo y destino.

Documento que valide la identidad del solicitante y su nacionalidad.

Presencia física de la persona solicitante ante la autoridad emisora;

Presentación de la cédula de ciudadanía. Cuando se trate de ecuatorianos en el exterior, documento o mecanismo que determine la identidad de la persona;

En caso de niños, niñas o adolescentes, presencia de los padres, o de quien ejerza la representación legal o patria potestad y, en ausencia de éstos, poder otorgado ante Notario Público o autoridad competente.

Copia de nombramiento y/o contrato, en el caso de ser servidor público.

Presentación de declaratoria de la comisión de servicios para Gobiernos Descentralizados.

En el exterior es el Jefe de Misión quien autoriza la emisión o renovación de pasaportes diplomáticos.

IMPORTANTE

DESACTIVACIÓN DE PASAPORTE OFICIAL O DE SERVICIO

El usuario que solicite la desactivación del pasaporte en el sistema Suri del Registro Civil, deberá traer el pasaporte respectivo para proceder con la desactivación, o indicar que el pasaporte se encuentra en custodia de esta Dirección, deberá presentar el comprobante de retiro de pasaporte en que dejo en custodia.

El usuario podrá solicitar la anulación del pasaporte, cuando haya concluido con su misión, se procederá con la anulación y se le entregará el pasaporte anulado siempre que este tenga una visa vigente.

Se procederá con la desactivación del pasaporte y el usuario podrá dirigirse al Registro Civil a obtener su pasaporte ordinario.

 

Requisitos Especiales

  • Carné de discapacidad.

Procedimiento

TRÁMITE PRESENCIAL
 

Acudir a las ventanillas dispuestas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Direcciones Zonales en el territorio nacional y Oficinas Consulares en el exterior.

Presentar todos los requisitos.

Cancelación de Tasa.

OFICINAS EN EL ECUADOR

Consultar
https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

OFICINAS EN EL EXTERIOR

Consultar
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Trámite en Línea

N/A

Costo

USD $90,00 No grava IVA 

Aplica descuento de 50 % para tercera edad. Aplica descuento de 100 % para personas con una discapacidad igual o mayor al 40%.

Vigencia

10 años

Horario

Ecuador –  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información de las Direcciones Zonales ingresar en el siguiente enlace:

https://…
;

 

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://citas.cancilleria.gob.ec

Contacto

Nombre: Unidad de Consejería
Teléfono: 02-3933520
Correo: consejeria@cancilleria.gob.ec