Emisión de la autorización de importación de bienes como beneficiario de la LEFORTAAC

La Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, a través de su Unidad de Fortalecimiento del Transporte Marítimo se encarga del trámite orientado a autorizar y regular la importación de bienes bajo el amparo de LEFORTAAC con el objeto de que sean destinados al uso en naves de menos de 10 años de construcción. Para la Obtención de la Autorización, el usuario debe presentar la solicitud adjuntando los requisitos y cancelar el valor establecido en el tarifario correspondiente.

Beneficiarios

Las personas que deseen el documento que autoriza y regula la importación de bienes bajo el amparo de LEFORTAAC, deberán ser mayores de 18 años dedicadas a las actividades marítimas o agencias navieras o empresas dedicadas a las actividades marítimas o entidades públicas.

Requisitos Obligatorios

Formulario de solicitud si el trámite lo realiza en línea.

Formulario L3 (
Autorización  de importación de  bienes, como  beneficiario  de  la 
LEFORTAAC)

Resolución de Calificación como beneficiario LEFORTAAC, Detalle y características de los bienes a importarse, indicando para cada bien la marca, modelo, serie y partida arancelaria. 

Declaración notariada del uso que se le dará a los bienes, en donde se describe la actividad que realizarán los bienes a importarse.

Registro Único de Contribuyentes (RUC) Generado

Copia de la factura comercial donde conste valor FOB (dólares) de los bienes a importar. 

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Pasos a seguir en línea

Acceder a la opción “ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llenar los campos del formulario digital.

Presentar documentos de respaldo en ventanilla de atención al usuario. 

Cancelar rubro correspondiente (si se aprueba trámite).

Retirar resolución o notificación.

Pasos a seguir de manera presencia.

Descargar Formulario L3, imprimir y llenarlo. 

Presentar documentos de respaldo en ventanilla de atención al usuario. 

Cancelar rubro correspondiente (si se aprueba trámite).

Retirar resolución o notificación.

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/3860/webform

Costo

Según el monto de la factura comercial (FOB):

De US$0 hasta US$3.000: US$79,56

US$3.000 hasta US$10.000: US$159,11

US$10.000: US$ 238,67

** Estos Valores se encuentran actualizados al 2021, las tarifas se ajustan anualmente de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC) con respecto a los valores indicados en la RESOLUCIÓN No. SPTMF-ADM-001-13

Vigencia

N/A

Horario

Ciudadela los Ceibos, Av. del Bombero y Av. Leopoldo Carrera, Edificio Grace, piso 1

Atención de lunes a viernes de 08h00 a 17h00

Guayaquil – Ecuador 

Contacto

Nombre: Unidad de Fortalecimiento del Transporte Marítimo y Fluvial
Teléfono: (04) 259 2080 ext. 82115 – 82133 – 82118
Correo: consultas_stpmf@mtop.gob.ec