El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado a las personas naturales o jurídicas que requieren una autorización que habilita la compra y transporte de gasolinas (extra, ecopaís, súper) y diésel (premium) en un volumen menor o igual a 1.500 galones totales (sumados todos los productos) al mes, mediante retiros parciales desde una estación de servicio (gasolinera) asignada para el efecto.
Beneficiarios
Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieren derivados de petróleo para el desarrollo de sus actividades productivas.
Requisitos Obligatorios
Formulario electrónico de nueva autorización en el sistema de cuantías domésticas en línea de la Institución.
Requisitos Especiales
- Para la actividad de Minería Artesanal el solicitante debe contar con el certificado de Minería Artesanal, otorgado por la institución competente.
- Para la actividad de abastecimiento a comunidades rurales, el solicitante de la población rural o comunidad, debe disponer de una certificación que avale la representación de la comunidad, detallar en el formulario los consumidores finales a ser beneficiados y cumplir con los requisitos técnicos respectivos.
Procedimiento
Pasos a seguir en Línea:
El solicitante ingresa formulario electrónico de NUEVA AUTORIZACIÓN a través del sistema de cuantías domésticas en línea de la Institución y automáticamente el formulario pasa a revisión de la Institución.
El formulario del solicitante es evaluado por el técnico responsable de la Institución, si el formulario cumple los requisitos se aprueba en línea y el formulario automáticamente pasa a revisión, para la autorización del Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso.
El Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso aprueba el formulario y se emite la nueva autorización, y se notifica automáticamente al consumidor final mediante correo electrónico.
En caso que el formulario no cumpla con los requisitos se remite en línea al Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso, para su negación y la inmediata notificación al solicitante a través del correo electrónico registrado en el sistema.
Trámite en Línea
http://siscoh.controlhidrocarburos.gob.ec/comercializacionCldhWeb/faces/protegido/inicio.xhtml
Costo
Gratuito
Vigencia
Máximo 12 meses a partir de la fecha de autorización (es posible su renovación por iguales periodos).
Horario
Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales o Direcciones Distritales según su jurisdicción.
Horario de atención: las 24:00 horas los 7 días de la semana.
Link del sistema en línea:
http://siscoh-ci.controlhidrocarburos.gob.ec/comercializacionCldhIndust…
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Contacto
Nombre: Alex Gamboa
Teléfono: 3996 500
Correo: alex.gamboa@controlrecursosyenergia.gob.ec
