Disolución y liquidación voluntaria de las organizaciones sociales del sector productivo

Permite registrar la disolución y liquidación de las organizaciones sociales que por voluntad de sus socios y mediante Asamblea General convocada expresamente para el efecto y con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, decidan disolverla y liquidarla.

Beneficiarios

Personas naturales y jurídicas que deseen registrar la disolución y liquidación voluntaria de una organización social, por voluntad de los socios mediante Asamblea General convocada expresamente para el efecto y con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.

Requisitos Obligatorios

1. Solicitud de disolución y liquidación, en la que se detalla y presentan los documentos que demuestren que se ha incurrido en una de las causales de disolución, y en la que se solicita la disolución y liquidación de la organización social, en caso de disolución y liquidación por causal; o solicitud de disolución y liquidación voluntaria de la organización social suscrita por el representante legal de la organización, en caso de disolución y liquidación voluntaria, dirigida a el/la Coordinador/a General Jurídico/a  o Director/a Zonal, según corresponda.

2. Acta de Asamblea General en la que se resuelva aprobar con el voto de las dos terceras partes de los miembros o socios, la disolución y liquidación de la organización social; y se nombre al Liquidador.

3. Informe del Liquidador.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

EN LÍNEA (aplica también durante la Emergencia Sanitaria):

1. Ingresar a https://www.gob.ec/tramites/7392/webform en el botón  «Ir al Trámite en Línea» y llenar el formulario

2. En el transcurso de 15 días se dará respuesta a su requerimiento, mediante correo electrónico indicado en el formulario en línea.

PRESENCIAL:

1. Presentar la solicitud de disolución y liquidación de la organización, con los documentos que demuestren que se ha incurrido en una de las causales de disolución, adjuntando los documentos habilitantes en referencia a los artículos 19 y 20 del Decreto 193; o para disolución y liquidación voluntaria de la organización adjuntando los documentos habilitantes en referencia al artículo 20 del Decreto 193 en Recepción de Documentos en oficina Matriz, o en Direcciones Zonales del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca – MPCEIP. El Informe del Liquidador, en caso de disolución y liquidación voluntaria, se debe presentar en un plazo de 90 días.

2. Subsanar las observaciones realizadas (en caso de que corresponda). Entregar en Recepción de Documentos en planta baja de la oficina Matriz, o en la respectiva Dirección Zonal del MPCEIP la respuesta y documentos requeridos.

3. Recibir la notificación mediante correspondencia o correo electrónico, en el término de quince días, con la copia del informe de legalidad y la Resolución de  disolución y liquidación de la organización, o acercarse a las oficinas del MPCEIP y retirar la mencionada documentación.

 

Procedimiento temporal (durante Emergencia Sanitaria):

1. Emitir solicitud y requisitos a los correos electrónicos: ihidalgo@produccion.gob.ec o al csanchez@produccion.gob.ec (el personal técnico revisará la información y le notificará las novedades por el mismo medio).

2. Recibir la notificación mediante correspondencia o correo electrónico, en el término de quince días, con la copia del informe de legalidad y la Resolución de disolución y liquidación de la organización.

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/7392/webform

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Matriz – Guayaquil: Malecón entre Av. 9 de Octubre y P. Icaza, Edif. La Previsora – Piso 15 y 18; Lunes a viernes de 08h30 a 17h00; correo electrónico de contacto: coordinacionjur…
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Dirección Zonal 1 – Esmeraldas: Av. Jaime Roldós vía al puerto pesquero artesanal Edificio Centro de Atención Ciudadana bloque A, Piso 1; Lunes a viernes de 08h00 a 16h30; correo electrónico de contacto:
direccionzonal1@produccion.gob.ec

Dirección Zonal 2 – Tena: Calle Rubén Cevallos y Ayahuasca, en el barrio Aeropuerto N° 2, Edif. Del ECORAE 2do Piso; Lunes a viernes de 08h00 a 16h30; correo electrónico de contacto:
direccionzonal2@produccion.gob.ec

Dirección Zonal 3 – Ambato: Calle Noboa y Caamaño y Demetrio Aguilera Malta, frente a Bodesur, 2do Piso. Sector Huachi Chico; Lunes a viernes de 08h00 a 16h30; correo electrónico de contacto:
direccionzonal3@produccion.gob.ec

Dirección Zonal 4 – Manta: Calle 20 y avenida 21, barrio Los Almendros; Lunes a viernes de 08h30 a 17h00; correo electrónico de contacto:
direccionzonal4@produccion.gob.ec

Dirección Zonal 5 – Salinas: Av. Carlos Espinoza Larrea entre calles quinta y sexta – Centro de Atención Ciudadana; Lunes a viernes de 08h00 a 16h30; correo electrónico de contacto:
direccionzonal5@produccion.gob.ec

Dirección Zonal 6 – Cuenca: Calle larga y Huaynacapac esquina oficinas del Banco Central del Ecuador, primer piso alto; Lunes a viernes de 08h00 a 16h30; correo electrónico de contacto:
direccionzonal6@produccion.gob.ec

Dirección Zonal 7 – Machala: Calle Vela entre Av. 25 Junio y Sucre, Edif. Ex Predesur 3er Piso; Lunes a viernes de 08h00 a 16h30; correo electrónico de contacto:
direccionzonal7@produccion.gob.ec

Dirección Zonal 9 – Quito: Av. Amazonas, entre Unión Nacional de Periodistas y Alfonso Pereira, Edificio Plataforma Gubernamental Norte Piso 8, Bloque Amarillo; Lunes a viernes de 08h00 a 16h30; correo electrónico de contacto:
coordinacionjuridicauio@produccion.gob.ec

Contacto

Nombre: Coordinación General de Asesoría Jurídica
Teléfono:
023948760 ext. 2148
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