El trámite se encuentra orientado a la disolución voluntaria de la personería jurídica de las organizaciones sociales (comité pro mejoras/ Comité barrial, asociaciones, etc) que se encuentran legalmente registrada en el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda -MIDUVI que persiguen fines y objetivos de hábitat y vivienda.
Beneficiarios
Personas naturales que ostentan la calidad de socios legalmente registrados de una organización social (comité pro mejoras/ Comité barrial, asociaciones, etc) que se encuentran legalmente registrada en el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda -MIDUVI que persiguen fines y objetivos de hábitat y vivienda.
Requisitos Obligatorios
Disolución voluntaria. – Las organizaciones sociales sujetas a este reglamento, podrán ser disueltas y liquidadas por voluntad de sus miembros, mediante resolución en asamblea general, convocada expresamente para el efecto y con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.
Para el procedimiento de disolución y liquidación, la asamblea general, en el mismo acto, deberá nombrar un liquidador, quien deberá presentar su informe en un plazo de 90 días, observando las disposiciones que para el efecto determinen el estatuto y el Código Civil.
Los resultados de la disolución y liquidación se pondrán en conocimiento de la unidad competente del ente rector de hábitat y vivienda, a fin de que se proceda a expedir el acto administrativo de disolución y liquidación. Para el efecto, se deberá presentar:
1. Convocatoria a asamblea general;
2. Acta de la asamblea general suscrita por todos los miembros asistentes, en la que deberá constar el registro de la votación de la decisión de disolverse respaldada por al menos las dos terceras partes de los miembros. En el acta se hará constar, además, el nombre de la persona designada como liquidador; y,
3. Informe del liquidador o liquidadora.
Requisitos Especiales
Disolución por causal y liquidación.- Las organizaciones sociales sujetas a este reglamento podrán ser disueltas y liquidadas de oficio o por denuncia, una vez demostrado que han incurrido en una o más de las causales de disolución previstas en este reglamento o su estatuto.
Para el efecto, se deberá aplicar el procedimiento administrativo establecido en el Código Orgánico Administrativo y se garantizará el cumplimiento del debido proceso.
Una vez cumplido el procedimiento, la unidad competente del ente rector de hábitat y vivienda emitirá el acto administrativo de disolución debidamente motivado, expresando con precisión la o las causales de disolución y sus fundamentos de hecho y derecho, dejando a salvo el derecho de la organización social y sus miembros de interponer los recursos establecidos en el ordenamiento jurídico en contra de la decisión de disolución. Una vez dispuesta la disolución, se establecerán los mecanismos y procedimientos previstos en el estatuto para llevar a cabo la liquidación correspondiente.
Procedimiento
Para el procedimiento de disolución y liquidación, la asamblea general, en el mismo acto, deberá nombrar un liquidador, quien deberá presentar su informe en un plazo de 90 días, observando las disposiciones que para el efecto determinen el estatuto y el Código Civil.
Trámite en Línea
N/A
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Oficinas Técnicas de prestación de servicios y/o Coordinaciones Zonales a nivel nacional del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, de lunes a viernes, en el horario de 08:00 am a 17:00 pm acorde al siguiente detalle:
- Pichincha: Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social Av. Quitumbe Ñan, Quito
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- Ibarra: Juan José Flores 4-50 y Rocafuerte Edificio ex B.E.V. MIDUVI
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- Loja: 10 de Agosto 12-93 y Bernardo Valdivieso Edificio BEV
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- Ambato: Martínez y Cevallos – Edificio B.E.V.
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- Santo Domingo de los Tsáchilas: Coop. Dos Pinos-Antonio José de Sucre No. 201 y Antonio Ante
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- Tena: Av. Jumandy y Simón Bolívar
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- Portoviejo: Av. Los Nardos y 15 de Abril
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- Latacunga: Av. Marco Aurelio Subia 1509 y Rio Amgamarca, Frente al Terminal Terrestre
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- Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Justino Cornejo- Edificio Gobierno del Litoral
- Salinas: Centro de Atención Ciudadana, Av Carlos Espinoza Larrea
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- Pto. Francisco de Orellana: Calle Napo y Ernesto Rodríguez
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- Esmeraldas: Av. Libertad 228 entre Espejo y Pichincha Edificio ex B.E.V. MIDUVI
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- Nueva Loja: Av. Circunvalación y Mons. Gonzalo López Marañón
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- Cuenca: Simón Bolívar No. 14-41 y Estévez de Toral
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- Azogues: Bolívar 8-12 y Tenemaza
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- Guaranda: Olmedo S/N y 9 de Abril
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- Tulcán: Av. Rafael Arellano y Ayacucho (Esquina) Edificio ex BEV
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- Machala: Arízaga y Av. 25 de Junio
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- Babahoyo: Av. Universitaria y 1ra Transversal
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- Puyo: Av. Monseñor Alberto Zambrano y Amazonas
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- Macas: Guamote y Tarqui- Esquina
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- Zamora: García Moreno y 12 de Febrero
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- Riobamba: Primera Constituyente y Brasil
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Contacto
Nombre: Dirección de Organizaciones Sociales
Teléfono: (593)-2-2983600 ext. 1069,1068, 1065
Correo: organizacionessocialesmiduvi@miduvi.gob.ec
