Trámite orientado a aprobar la disolución voluntaria de una Organización Social.
La disolución será declarada por la Cartera de Estado competente que aprobó los Estatutos y otorgó el reconocimiento de Personería Jurídica, observando los procedimientos establecidos en la normativa legal vigente. Las Organizaciones Sociales podrán presentar las acciones administrativas y judiciales que consideren necesarias a fin de hacer valer sus derechos.
Se deberá revisar las causales de disolución establecidas en la normativa legal y en el estatuto de cada organización; y podrá realizarse una disolución voluntaria o controvertida.
Beneficiarios
Este trámite esta dirigido a las personas naturales y jurídicas con capacidad civil para contratar y obligarse, en ejercicio del derecho constitucional de libre asociación, que podrán disolverse:
- Corporaciones
- Fundaciones
- Otras formas de organización social nacionales o extranjeras
Requisitos Obligatorios
1.Solicitud de disolución y liquidación
2. Acta de Asamblea General
3. Informe del liquidador
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
1. Presentar la solicitud de disolución de la Organización Social en las oficinas de Planta Central del Ministerio del Deporte, de acuerdo al
Decreto Ejecutivo Nro.193.
2. Receptar la respuesta en las oficinas de Planta Central del Ministerio del Deporte.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/6080/webform
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Ministerio del Deporte
Horario de Atención a Nivel Nacional: 8:00 – 17:00
Matriz:
Gaspar de Villarroel E10-122 y 6 de Diciembre Quito – Ecuador Teléfono: 593-2 396-9200
Contacto
Nombre: Ginna Margarita Bermeo Acurio
Teléfono: 3969200 ext. 2264
Correo: gbermeo@deporte.gob.ec
