Trámite orientado a solicitar la declaración de Bosques y Vegetación Protectores, constituyendo una categoría de manejo y conservación del Patrimonio Forestal Nacional, según la información contenida en el Capítulo II Sección 1 del Reglamento Al Código Orgánico del Ambiente.
Beneficiarios
Toda persona natural o jurídica interesada en la declaratoria de Bosques y Vegetación Protectores que serán destinados a las funciones de protección y conservación del agua, el suelo, la flora y la fauna silvestre. La persona natural o jurídica deberá probar su dominio ante el Ministerio del Ambiente o la dependencia correspondiente de éste.
Requisitos Obligatorios
Justificación técnica para la declaratoria, con firma de responsabilidad del profesional especializado.
Datos del área a ser declarada – línea base.
Documentos que acrediten la tenencia del área
Plan de manejo integral elaborado conforme a las normas vigentes
Solicitud presentada a la Autoridad Ambiental
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
PROCEDIMIENTO EN LÍNEA:
Acceder a la opción “ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llenar los campos de la solicitud digital.
Adjuntar el siguiente requisito en la plataforma digital:
Documentos que acrediten la tenencia del área (Copias certificadas de todos los títulos de propiedad (providencias de adjudicación por parte del INDA o escritura de compraventa) debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad y mapa o croquis del área adquirida, en el cual deberán constar los diferentes lotes de los cuales se compone el área para poder visualizar desde el punto de vista de tenencia, la superficie total de área y las copias certificadas de los títulos de propiedad deberán presentar las cédulas de identidad de los propietarios, de los directivos de las comunidades o de las representantes legales en caso de personas jurídicas).
Presentar los siguientes requisitos en la Dirección del Distrito Regional o en el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica Planta Central en formato físico.
Presentar la correspondiente solicitud al Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (o a la Dirección del Distrito Regional), por parte de la parte interesada.
Justificación técnica para la declaratoria, con firma de responsabilidad del profesional especializado.
Datos del área a ser declarada – línea base.
Documentos que acrediten la tenencia del área (Copias de todos los títulos de propiedad (providencias de adjudicación por parte del INDA o escritura de compraventa) debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad y mapa o croquis del área adquirida, en el cual deberán constar los diferentes lotes de los cuales se compone el área para poder visualizar desde el punto de vista de tenencia, la superficie total de área y las copias certificadas de los títulos de propiedad deberán presentar las cédulas de identidad de los propietarios, de los directivos de las comunidades o de las representantes legales en caso de personas jurídicas).
Plan de manejo integral elaborado conforme a las normas vigentes. En este caso la zonificación deberá constar en un mapa base donde los límites estén claramente definidos con las correspondientes coordenadas en el sistema UTM. El área a ser declarada deberá estar medida exactamente en hectáreas para efectos de la declaratoria, en el plan de manejo integral no podrán constar zonas de conversión legal.
Recibir la notificación de la declaratoria, mediante el Sistema de Gestión Documental (QUIPUX), sobre el Acuerdo Ministerial de Declaratoria de Bosque y Vegetación Protector debidamente legalizado.
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL:
Ingresar la solicitud
para la Declaratoria de Bosques y Vegetación Protectores del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica o la en la dependencia correspondiente de éste.
Adjuntar los siguientes requisitos a la mencionada solicitud:
Justificación técnica para la declaratoria, con firma de responsabilidad del profesional especializado.
Datos del área a ser declarada – línea base.
Documentos que acrediten la tenencia del área (copias certificadas de todos los títulos de propiedad (providencias de adjudicación por parte del INDA o escritura de compraventa) debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad y mapa o croquis del área adquirida, en el cual deberán constar los diferentes lotes de los cuales se compone el área para poder visualizar desde el punto de vista de tenencia, la superficie total de área y las copias certificadas de los títulos de propiedad deberán presentar las cédulas de identidad de los propietarios, de los directivos de las comunidades o de las representantes legales en caso de personas jurídicas).
Plan de manejo integral elaborado conforme a las normas vigentes. En este caso la zonificación deberá constar en un mapa base donde los límites estén claramente definidos con las correspondientes coordenadas en el sistema UTM. El área a ser declarada deberá estar medida exactamente en hectáreas para efectos de la declaratoria, en el plan de manejo integral no podrán constar zonas de conversión legal.
Recibir la notificación de la declaratoria, mediante el Sistema de Gestión Documental (QUIPUX), sobre el Acuerdo Ministerial de Declaratoria de Bosque y Vegetación Protector debidamente legalizado.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/125/webform
Costo
N/A
Vigencia
La declaratoria es indefinida, pero el plan de manejo deberá ser actualizado cada 5 años.
Horario
Para el trámite presencial el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00
Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00.
A continuación se indican las direcciones de los puntos de atención:

Contacto
Nombre: ManuelOrellana
Teléfono: (02) 3987 600 ext 1411
Correo: manuel.orellana@ambiente.gob.ec
