CONVENIOS DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONALES

Un Convenio se suscribe entre dos instituciones, documento en el que manifiestan la voluntad y compromiso de desarrollar en forma planificada actividades de interés común sin fines de lucro. Expresa la confianza y buena voluntad entre las partes comprometidas para desarrollar actividades de cooperación mutua.

Beneficiarios

Las personas naturales que sean mayores de 18 años, de nacionalidad ecuatoriana o nacionalidad extranjera, o personas jurídicas. De expresa la confianza y buena voluntad entre las partes comprometidas para desarrollar actividades de cooperación mutua.

Requisitos Obligatorios

Solicitud del interesado.

Nombramiento del representante legal: Copia certificada.

Copia de cedula y papeleta de votación.

 Informe Técnico de la Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento o de la Dirección de Planificación.

Copia de la directiva si es que es persona jurídica

Copia certificada de los estatutos para organizaciones o entidades privadas.

Partida presupuestaria de existencia de fondos.

Informe Jurídico; y,

Resolución de Concejo.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

El usuario deberá presentar mediante oficio su petición dirigido al Alcalde, adjuntando los requisitos, estos serán ingresados por recepción,  luego será sumillado por el señor Alcalde en el que dispondrá al área  correspondiente el informe técnico de Obras Públicas y Mantenimiento, criterio jurídico y Resolución de Concejo aprobado por los señores Concejales.

Trámite en Línea

N/A

Costo

N/A

Vigencia

El convenio dura dependiendo el tiempo fijado en la Resolución emitida por la Secretaria General del Concejo aprobada por El Consejo Municipal de Loreto.

Horario

La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 07h30 y las 16h30

Contacto

Nombre: Dr. Daniel Montoya Alvarado
Teléfono: (06) 2893-100 ó (04) 2893-239 Ext. 229
Correo: teodoromontoyaa@yahoo.es